Programa de trabajo AGIS 2006.

Código de ayuda:

S51682/05

Norma:

Programa del 2005/C 270/19.

Plazo de Solicitud:

Programa 2003-2007. Para 2006, hasta el 27 de enero.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El programa contribuirá al objetivo general de ofrecer a los ciudadanos de la Unión Europea un alto grado de seguridad dentro de un espacio de libertad, seguridad y justicia.
En este marco, se propone, en particular:
a) desarrollar, aplicar y evaluar las políticas europeas en este ámbito;
b) fomentar y reforzar la constitución de redes, la cooperación en temas generales de interés común para los Estados miembros, el intercambio y la difusión de información, experiencias y buenas prácticas, la cooperación local y regional, así como la mejora y la adaptación de la formación y la investigación científica y técnica;
c) fomentar la intensificación de la cooperación de los Estados miembros con los países candidatos a la adhesión, otros terceros países y las organizaciones internacionales y regionales competentes.

El programa apoyará proyectos en los siguientes ámbitos relacionados con el Título VI del Tratado de la Unión Europea:
a) cooperación judicial general y en materia penal, incluida la formación;
b) cooperación entre las autoridades competentes;
c) cooperación entre estas autoridades u otros organismos públicos y privados de los Estados miembros implicados en la prevención y la lucha contra la delincuencia, organizada o de otro tipo;
d) cooperación entre los Estados miembros para conseguir la protección efectivade los intereses de la víctima en el proceso penal.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La aportación financiera del presupuesto general de la Unión Europea no superará el 70 % del coste total del proyecto.

No obstante, los proyectos específicos y las medidas complementarias mencionados en el apartado 4 del artículo 3 y las actividades a que se refiere el apartado 5 del artículo 3, podrán financiarse al 100 %, dentro del límite del 10 % de la dotación financiera anual asignada en el programa a los proyectos específicos de la letra a) del apartado 4 del artículo 3, y del 5 % para las medidas complementarias de la letra b) del apartado 4 del artículo 3.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

El programa cofinanciará proyectos, de una duración máxima de dos años, presentados por instituciones y organismos públicos o privados, incluidos organizaciones profesionales, organizaciones no gubernamentales, asociaciones, organizaciones representativas de los medios económicos, institutos de investigación, formación inicial y continua, en beneficio de los siguientes destinatarios:
a) profesionales de la Justicia: jueces, fiscales, abogados, funcionarios ministeriales, funcionarios de la policía judicial, agentes judiciales, peritos, intérpretes de los juzgados y otras profesiones relacionadas con la administración de Justicia;
b) funcionarios y agentes de las autoridades policiales y aduaneras: los organismos públicos responsables en los Estados miembros, en virtud de la legislación nacional, de la prevención, ladetección y la lucha contraladelincuencia;
c) funcionarios de otros organismos públicos, representantes del mundo asociativo, de las organizaciones profesionales, de la investigación y del mundo empresarial, implicados en lalucha y laprevención de ladelincuencia , organizada o de otro tipo;
d) representantes de los servicios encargados de la asistencia a las víctimas, incluidos los servicios públicos responsables en materia de inmigración y servicios sociales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El programa comprenderá los tipos de proyectos siguientes:
a) formación;
b) creación y puesta en marcha de programas de intercambios y prácticas;
c) estudios e investigación;
d) difusión de los resultados obtenidos en el marco del programa;
e) fomento de la cooperación entre las autoridades policiales y judiciales u otros organismos privados o públicos de los Estados miembros, por ejemplo, prestando ayuda a la creación de redes;
f) conferencias y seminarios.

Documentos asociados

Boletín: 01/08/2002
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº L203
Documento: Programa AGIS Descargar Documento
Boletín: 29/10/2005
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº C270
Documento: Programa para 2006 Descargar Documento