Programa de las iniciativas emprendedoras y de empleo (I+E+E), cofinanciado por el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S32600/13Norma:
ORDEN de 19 de agosto de 2013.Plazo de Solicitud:
Será de un mes desde la fecha del alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fijar las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2013 del programa de fomento de las iniciativas emprendedoras y de empleo con la finalidad de generar empleo estable para personas desempleadas, principalmente entre la juventud y mujeres, apoyando y dinamizando el desarrollo de nuevas iniciativas empresariales en la Comunidad Autónoma de Galicia, con especial atención a los ayuntamientos del rural gallego.Categorías Subvención
Creación nuevas empresas
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La creación de puestos de trabajo estables de carácter indefinido, incluidos los de laspropias personas promotoras, que sean ocupados por personas desempleadas se incentivarán, hasta un máximo de diez, cada uno de ellos con las siguientes subvenciones:
A. 4.000 euros para desempleados en general.
B. 5.000 euros para juventud desempleada de 30 o menos años.
C. 5.000 euros para mujeres desempleadas.
D. 5.600 euros para mujeres jóvenes desempleadas de 30 o menos años.
E. 6.000 euros para personas desempleadas que hubiesen agotado la prestación por desempleo, personas desempleadas de larga duración, personas emigrantes retornadas, personas pertenecientes a colectivos en riesgo o situación de exclusión social y personas desempleadas con discapacidad.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, excepto las personas físicas, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas y sociedades laborales, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en esta orden para cada tipo de ayuda y en las cuales concurran, en la fecha de su inicio de actividad, las circunstancias establecidas.Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las empresas privadas
constituidas y que iniciasen su actividad, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidos autónomos o autónomas y las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que obtuviesen la calificación como iniciativa local de empleo, y no hubiese transcurrido más de un año desde la notificación de la resolución de calificación o, en su caso, en el plazo que se establezca en la resolución de calificación, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en esta orden para cada tipo de ayuda.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Subvención a la generación de empleo estable.b) Subvención financiera.
c) Subvención para asistencia técnica.
d) Subvención para el inicio de la actividad.
e) Subvención para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas
promotoras.
Requisitos:
a) Que sean empresas de nueva creación.b) Que sean viables técnica, económica y financieramente.
c) Que generen empleo estable para personas desempleadas.
d) Que tengan su domicilio social, fiscal y su centro de trabajo en un ayuntamiento de Galicia.
e) Que sean promovidas, como máximo, por cinco personas y que entre los socios o las socias promotoras no figure ninguna persona jurídica.
f) Que la empresa tenga un capital social máximo de 120.202 euros.
g) Que como mínimo el 50 % de su capital social sea de titularidad de los promotores y promotoras que sean personas desempleadas que creen su propio puesto de trabajo en la empresa.
Documentos asociados
Boletín:
22/08/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 159
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 159
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento