Programa de incentivos a las empresas de inserción laboral (EIL) y a sus entidades promotoras, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S30119/14Norma:
ORDEN de 12 de junio de 2014.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 30 de septiembre de 2014.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras del programa de incentivos a las empresas de inserción laboral y a sus entidades promotoras y proceder a su convocatoria para el año 2014, con la finalidad de promover la inserción sociolaboral de las personas en situación o en riesgo de exclusión social mediante el establecimiento de medidas de fomento de las empresas de inserción laboral que tengan centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, a fin de que puedan cumplir su función social.Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según tipo de contratación.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las entidades promotoras de empresas de inserción laboral y las empresas de inserción laboral que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en ella para los distintos tipos de ayudas.Podrán solicitar y ser beneficiarias de las ayudas aquellas empresas que solicitasen, conforme al procedimiento establecido al efecto, su cualificación como empresa de inserción laboral.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Las empresas de inserción laboral podrán acceder a los siguientes tipos de ayuda:a) La contratación de personas en situación o en riesgo de exclusión social.
b) La contratación de gerentes o personas técnicas necesarias para garantizar la viabilidad
técnica, económica o financiera de la empresa de inserción laboral.
c) La contratación de personas técnicas expertas en acciones de orientación y acompañamiento a la inserción.
d) La realización de labores de mediación laboral para la contratación de personas en inserción en el mercado laboral ordinario.
e) La formalización de préstamos con entidades financieras.
f) La creación y ampliación de la plantilla de las empresas de inserción laboral.
g) El inicio y puesta en marcha de la actividad.
h) El fomento de procesos de creación de empresas de inserción laboral y asistencia técnica.
2. Las entidades promotoras de empresas de inserción laboral podrán ser beneficiarias de los siguientes tipos de ayuda:
a) La contratación de personas técnicas expertas en acciones de orientación y acompañamiento
a la inserción.
b) El fomento de procesos de creación de empresas de inserción laboral.
Documentos asociados
Boletín:
23/06/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 118
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 118
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento