Programa de incentivos a las empresas de inserción laboral (EIL) y a sus entidades promotoras.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S00100/18

Norma:

ORDEN de 5 de diciembre de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de octubre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la inserción sociolaboral de las personas en situación o en riesgo de exclusión social mediante el establecimiento de medidas de fomento de las empresas de inserción laboral que tengan centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, previamente calificadas en el registro administrativo de Galicia.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la concesión de estas ayudas se destinan trescientos setenta y ocho mil setecientos noventa euros (378.790 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Las entidades promotoras de empresas de inserción laboral y las empresas de inserción laboral que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en ella para los distintos tipos de ayudas.

2. Las empresas que hayan solicitado, conforme al procedimiento establecido al efecto, su calificación como empresa de inserción laboral.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Las empresas de inserción laboral podrán acceder a los siguientes tipos de ayuda:

a) A la contratación de personas en situación o en riesgo de exclusión social.

b) A la contratación de gerentes o personas técnicas de producción necesarias para garantizar la viabilidad técnica, económica o financiera de las empresas de inserción laboral.

c) A la contratación de personas técnicas expertas en acciones de orientación y acompañamiento a la inserción.

d) A la creación y ampliación de nuevos puestos de trabajo para personas en inserción.

e) Al inicio y puesta en marcha de la actividad.

f) A la asistencia técnica para la creación, mejora y diversificación de la EIL.

g) A la formación para las personas en proceso de inserción.

h) A la mediación laboral para la inserción en el mercado laboral ordinario de la persona en situación o en riesgo de exclusión social.

2. Las entidades promotoras de empresas de inserción laboral podrán ser beneficiarias de los siguientes tipos de ayuda:

a) A la contratación de personas técnicas expertas en acciones de orientación y acompañamiento a la inserción.

b) A la asistencia técnica para la creación, mejora y diversificación de la EIL.

Documentos asociados

Boletín: 02/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 1
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 1
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento