Programa de incentivos a la formación de personas trabajadoras ocupadas en sectores estratégicos para las empresas gallegas.- Tercera Convocatoria 2019.

Código de ayuda:

S05573/18

Norma:

ORDEN de 31 de diciembre de 2017. ORDEN de 26 de junio de 2018. Orden de 7 de diciembre de 2018. ORDEN de 18 de enero de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de febrero de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las bases reguladoras del Programa de incentivos a la formación de personas trabajadoras ocupadas en sectores estratégicos para las empresas gallegas.

La finalidad de este programa de incentivos es mejorar la cualificación profesional de las personas trabajadoras ocupadas en sectores estratégicos de la economía gallega, contribuyendo a mejorar la competitividad de las empresas que operan en estos sectores identificados como estratégicos.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden las empresas privadas con centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, excepto las personas trabajadoras por cuenta propia, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en esta orden.

También podrán ser entidades beneficiarias las agrupaciones de empresas, que deberán estar constituidas, como mínimo, por dos empresas no vinculadas entre sí con necesidades formativas similares, de tal modo que así se pueda alcanzar el número mínimo de alumnado participante que se establece en estas bases. El tamaño máximo de la agrupación será de seis empresas.

Para garantizar la capacidad de ejecución del plan formativo propuesto, las entidades beneficiarias deberán presentar en el último ejercicio cerrado una cifra de negocio que represente el doble del presupuesto previsto para acciones de formación. Todas las empresas miembros de la agrupación deben cumplir este requisito. No será de aplicación este requisito en las empresas que fuesen constituidas en el año de presentación de la solicitud de ayudas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El programa de incentivos contempla una doble tipología de proyectos bajo los que se articulan las actividades financiables, en función de la caracterización de la acción formativa.

1. Línea I. Apoyo para formaciones ya establecidas con un programa que se identificó acorde con las necesidades de la entidad beneficiaria.

2. Línea II. Apoyo para la implementación de proyectos de formación a medida.

Documentos asociados

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