Programa de gratuidad de libros de texto en los centros sostenidos con fondos publicos de la Comunidad Autonoma de Aragon para los niveles obligatorios y gratuitos de la enseñanza.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S36355/11

Norma:

ORDEN de 15 de junio de 2011.

Plazo de Solicitud:

Sin determinar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el curso 2011-2012 el Programa de Gratuidad de Libros de Texto para las enseñanzas básicas en centros docentes públicos y concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a favor de los centros privados concertados en régimen de concesión directa que se deriven de la aplicación del mismo.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del Decreto 111/2000, de 13 de junio, los centros públicos deberán incorporar las cantidades recibidas por este concepto a sus propios presupuestos, como gastos de funcionamiento. Estos centros recibirán como anticipo hasta el 85% del importe total del programa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los centros sostenidos con fondos públicos en los que se encuentren matriculados los alumnos

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Adquisición y entrega al alumnado, en la forma en que el Consejo Escolar del centro educativo considera más adecuada para el desarrollo de su trabajo diario, de los libros de texto de uso individual, para cada área o materia.

b) Adquisición de libros de consulta y materiales curriculares, en cualquier medio o soporte, de uso general y común en el aula, combinado con la elaboración, por parte del profesorado, de materiales curriculares, en cualquier medio o soporte, de uso individual para el alumnado.

El proyecto de trabajo de elaboración de los citados materiales curriculares deberá ser incluido en la Programación General Anual del curso correspondiente a su implantación. El Proyecto de elaboración de los materiales curriculares debe tener como referente las áreas y materias del currículo de los distintos ciclos y etapas.


Los gastos de los centros docentes, incluidos en el ámbito de aplicación de la presente orden, originados como consecuencia de la adquisición de los libros de texto y otros materiales curriculares para los siguientes niveles de enseñanza:

a) Educación Primaria.

b) Educación Secundaria Obligatoria.

c) Educación Especial.

Requisitos:

- Los centros beneficiarios de este programa quedarán sometidos a las oportunas actuaciones de control por el Departamento, deberán justificar dentro de los plazos establecidos en las presentes Bases el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinaron su concesión y a la subsanación, en su caso, de posibles anomalías que pudieran detectarse, en el tiempo más breve posible.

- Sin perjuicio de las comprobaciones que pueda llevar a cabo el Departamento, los beneficiarios de las ayudas y subvenciones estarán sometidos al control financiero de la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y del Tribunal de Cuentas, estando obligados a prestar la debida colaboración y apoyo a los funcionarios encargados de realizar el control financiero, aportando y facilitando la información que se considere necesaria.

- De verificarse el incumplimiento por el beneficiario de las obligaciones y condiciones previstas en la presente Orden, en la normativa aplicable, en la convocatoria o la correspondiente resolución de ayudas, se producirá la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida y procederá al reintegro y de las cuantías percibidas, así como la exigencia de los intereses correspondientes, siendo de aplicación el régimen de reintegro y control financiero previsto en la Ley General de Subvenciones, así como en el resto de disposiciones que resulten de aplicación a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma, además de las responsabilidades que se puedan derivar del incumplimiento del deber de prestación gratuita de los servicios educativos.

Documentos asociados

Boletín: 29/06/2011
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 126
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento