Programa de formación para la Especialización Profesional y el programa de Alta Especialización en Tecnologías Industriales.
Código de ayuda:
S02264/07Norma:
RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/01/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente resolución es convocar las ayudas del Programa de Formación para la Especialización Profesional y del Programa de Alta Especialización en Tecnologías Industriales y aprobar susbases reguladoras.
Las ayudas recogidas en la presente resolución se concederán de acuerdo con lo establecido en la Orden de 12 de diciembre de 2006, de la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia, sobre concesión de ayudas por el Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana (IMPIVA), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa de desarrollo que le fuera de aplicación.
Asimismo estas ayudas no quedan sujetas a la obligación de notificación previa a la Comisión de la Unión Europea por no reunir todos los requisitos del artículo 87.1 del Tratado de la Unión Europea.
Categorías Subvención
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Actuación 1:Subvención a fondo perdido de hasta del 100% de los costes subvencionables estimados por el IMPIVA.
El importe máximo de las ayudas se fijará en función del número de horas formativas, teniendo como límite el máximo de 100,00 euros por hora de formación.
Actuación 2:
Subvención a fondo perdido de hasta el 100% de los costes subvencionables, con un máximo de 26.000€ por año de contrato en prácticas a tiempo completo, incluidos los gastos por tutorización.
Actuación 3:
Subvención a fondo perdido de hasta el 50% de los costes subvencionables del proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Podrán acogerse a estas ayudas los Institutos Tecnológicos de la Red IMPIVA.2. Los beneficiarios deberán tener su sede social o delegación en la Comunitat Valenciana, y los proyectos objeto de ayuda deberán estar localizados en dicho territorio.
3. Las condiciones para ser beneficiario habrán de mantenerse hasta el momento del pago de la subvención.
4. Para el ejercicio de su actividad los beneficiarios deberán disponer de las autorizaciones administrativas preceptivas, encontrarse inscritos en los registros públicos pertinentes, y cumplir con cualesquiera otros requisitos exigidos por las disposiciones aplicables.
5. A los efectos del art 87.1 del Tratado de la Unión Europea el beneficiario no deberá tener la consideración de empresa en el sentido de realizar una actividad económica, esto es, una actividad consistente en la oferta de bienes y servicios en un determinado mercado. En caso de que el beneficiario desempeñe actividades de carácter económico y no económico deberá poder cumplir las siguientes condiciones:
- distinguir con claridad entre ambos tipos de actividades.
- separar claramente la financiación de ambas actividades.
- imputar los costes correctamente a una u otra actividad.
No podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A. Acciones de especialización profesional:Actuación 1. Cursos de especialización profesional Actividades formativas Programas de especialización para la inserción en la industria valenciana de jóvenes desempleados menores de 30 años.
Los cursos tendrán una duración mínima de 200 horas presenciales, excepto aquellos presentados como parte de un programa formativo único y multisectorial cuya duración total supere las 200 horas, y podrán incluir además un periodo de prácticas en empresas del sector.
Actuación 2. Contratos formativos.
Se financiarán contratos formativos, bajo la modalidad de contrato en prácticas, por un periodo máximo de un año en los institutos tecnológicos de la Red IMPIVA. El contenido formativo de las prácticas se vincula a las acciones que desarrollan los institutos tecnológicos de la Red IMPIVA con el fin de incrementar, de manera general, el nivel de competitividad de las empresas del sector.
La selección de candidatos se realizará por parte de los institutos tecnológicos atendiendo a los principios de publicidad suficiente, valoración equitativa de méritos y concurrencia, con mención expresa a los fondos que subvencionan el proyecto, tanto en el proceso de selección como en el propio contrato.
B. Acciones de apoyo a la formación:
Actuación 3. Elaboración de materiales formativos Creación y adaptación de productos formativos que incluyan el uso de tecnologías multimedia y que contribuyan a la mejora de la formación a distancia en ámbitos de especial interés sectorial y territorial para la Comunitat Valenciana.
Costes subvencionables:
Actuación 1:
– Gastos de personal interno:
- Personal formador propio,
- Gastos de dirección y coordinación del curso,
- Personal propio de administración, gestión y servicios auxiliares.
– Colaboraciones externas:
- Personal formador externo,
- Material didáctico,
- Promoción, comunicación,
– Viajes interurbanos y alojamiento necesarios para la realización del proyecto (no se incluye manutención):
- Visitas a empresas, gastos por traslados y alojamiento del profesorado con motivo de la acción formativa.
– Costes indirectos:
- Suministros y otros costes de estructura del instituto.
Limitaciones en los costes subvencionables:
• Gastos de profesorado debe suponer como mínimo el 40% de los costes subvencionables, e incluye: personal formador propio y externo.
• Gastos de dirección y coordinación del curso, con la limitación de hasta el 10% de los costes subvencionables.
• Costes indirectos, con la limitación de hasta el 10% de los costes subvencionables.
• Personal propio de administración, gestión y servicios auxiliares con la limitación de hasta el 10% de los costes subvencionables.
Actuación 2:
– Gastos de personal interno:
- Gastos del contratado en prácticas en los que se incluye salario y las cargas sociales.
- Gastos por tutorización de las prácticas, con el límite de 3.000€/año.
Actuación 3:
– Gastos de personal interno:
- Retribución de personal interno directamente vinculado al desarrollo del proyecto.
- Personal propio de administración, gestión y servicios auxiliares (con un límite del 15% del total de costes subvencionables).
– Colaboraciones externas:
- Arrendamiento de equipos utilizados en el desarrollo de las acciones.
- Gastos de bienes consumibles utilizados en la realización del proyecto.
- Personal externo directamente vinculado al desarrollo del proyecto.
- Otros servicios externos directamente vinculados con el proyecto.
– Viajes interurbanos y alojamiento necesarios para la realización del proyecto (no se incluye manutención).
– Costes indirectos:
- Suministros y otros costes de estructura del beneficiario. Se podrán estimar con un límite equivalente al 15% de los gastos de personal interno directamente aplicado al proyecto y considerado objeto de subvención.
Documentos asociados
Boletín:
05/01/2007
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5422
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5422
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento