Programa de fomento de empleo para la mejora de las condiciones laborales en el sector de la hostelería de la Comunitat Valenciana.

Código de ayuda:

S36619/18

Norma:

ORDEN 9/2018, de 4 de julio. RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar la mejora de las condiciones laborales de las personas ocupadas en el sector de la hostelería de la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Recursos Humanos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 100 % del Salario Mínimo Interprofesional (en cómputo diario e incluyendo las pagas extras), vigente en el momento de la ampliación o contratación indefinida, por el número de días en que el periodo de contratación haya sido ampliado respecto al ejercicio anterior y por el número de años comprensivos del periodo de mantenimiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrá ser beneficiaria de estas subvenciones cualquier empresa privada (incluidas las personas trabajadoras autónomas) con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, cuya actividad principal se encuadre en la Sección I (Hostelería) de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009), aprobada por Real decreto 475/2007, de 13 de abril.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) la ampliación en al menos 90 días del periodo de llamamiento de los contratos fijos discontinuos cuyo periodo de llamamiento en el ejercicio anterior al de la ampliación hubiera sido de al menos 180 días.

b) la contratación indefinida o conversión a indefinido de los contratos temporales de aquellas personas que en el ejercicio anterior hubieran sido contratadas, con carácter fijo discontinuo o temporal, durante un periodo de hasta 270 días.

Documentos asociados

Boletín: 10/07/2018
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8335
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 03/08/2018
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8354
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 03/08/2018
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8354
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento