Programa de ayudas para implantar la igualdad laboral, la conciliación y la responsabilidad social empresarial (RSE).

Código de ayuda:

S04755/26

Norma:

ORDEN de 29 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de marzo de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas e incentivos a pymes, incluidas personas trabajadoras autónomas, para implantar sistemas de gestión de RSE (TR357B), la igualdad laboral (TR357C), así como para adoptar medidas de corresponsabilidad y de conciliación de la vida familiar, personal y laboral (TR357D), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Hasta el 80 % de los costes que conlleve el proceso de diagnosis previa de la empresa con un máximo de 3.000 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta de 5.000 € nos demás supuestos.
b) Hasta el 80 % de los costes derivados de la elaboración de un plan de igualdad, con un máximo de 1.500 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta de 3.000 € en los demás supuestos.
c) Hasta el 80 % de los costes derivados de la implantación de las medidas prioritarias previstas en la primera fase del plan de igualdad con un coste máximo de 1.000 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta 2.000 € en los demás supuestos.
d) Una cuantía de 12.000 € por la contratación como mínimo de un año de una persona experta en igualdad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas solicitantes podrán ser pymes o personas trabajadoras autónomas, que tengan suscritos contratos con personas trabajadoras por cuenta ajena con domicilio social y centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, y que estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de ayudas. Para las líneas II y III también podrán presentar solicitud las empresas con centros de trabajo en Galicia. Las entidades sin ánimo de lucro podrán presentar solicitudes para la línea I, para la sublínea 1 y la sublínea 2 de la línea II y para la línea III.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea I. Elaboración e implantación de planes de igualdad

Línea II. Conciliación
- Sublínea 1. Incentivos para el fomento del teletrabajo
- Sublínea 2. Incentivos para el fomento de la flexibilidad horaria
- Sublínea 3. Inversiones

Línea III. Certificaciones RSE

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 32
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín: 18/02/2026
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Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 23/02/2026
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Documento: Corrección de Errores Descargar Documento