Programa de ayudas dirigido a favorecer el desarrollo de proyectos de emprendimiento e innovación social.

Código de ayuda:

S54973/18

Norma:

DECRETO 175/2018, de 23 de octubre. ORDEN de 12 de diciembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de febrero de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Efectuar la convocatoria de las ayudas para la puesta en marcha de un Programa de ayudas dirigido a favorecer el desarrollo de proyectos de Emprendimiento e Innovación Social en la anualidad 2019 en Extremadura, promovidos por desempleados que acrediten tener tal condición con carácter ininterrumpido desde al menos doce meses antes de presentar su solicitud de ayuda y que culminen su proyecto con la creación de empresas sociales en la región, sea cual sea la forma jurídica de la misma, incluyendo la fórmula de empresario individual autónomo y la figura de la Asociación.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Creación nuevas empresas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía e Infraestructuras (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se concederá una ayuda máxima de 4.200 euros, en concepto de renta de subsistencia que permita al promotor del proyecto desarrollar el mismo durante un periodo de 8 meses, estableciéndose para ello una beca de 525 euros mensuales, cuantía que ha sido estimada a través de la aplicación de una serie de módulos, de idéntica cuantía, tomando como referencia el valor del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas aquellas personas físicas que pretendan desarrollar un proyecto empresarial de emprendimiento social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se otorgarán una serie de becas que permitan que las personas físicas promotoras de los proyectos puedan obtener unos ingresos mínimos, a nivel de renta de subsistencia, que posibilite que puedan desarrollar los mismos durante un periodo de ocho meses, a través de un programa de acompañamiento, conforme a lo establecido en el artículo 3.4. del presente decreto.

Requisitos:

a) Ser mayor de edad.

b) Tener la condición de desempleado con una antigüedad mínima de doce meses, contados desde la fecha de presentación de la solicitud.

c) Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

Boletín: 29/10/2018
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 210
Documento: Bases Reguladoras 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/12/2018
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 250
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/12/2018
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 250
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento