Programa de ayuda a la recuperación económica mediante la concesión de asistencia financiera comunitaria a proyectos del ámbito de la energía.

Código de ayuda:

S55664/09

Norma:

REGLAMENTO (CE) Nº 663/2009 de 13 de julio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Según convocatoria

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establece un instrumento financiero, denominado el Programa Energético Europeo para la Recuperación
(«PEER»), destinado al desarrollo de proyectos comunitarios del ámbito de la energía que contribuyan mediante un impulso financiero a la recuperación económica, la seguridad del abastecimiento
energético y la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Parlamento Europeo ( Unión Europea)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) proyectos de infraestructuras de gas y electricidad: 2 365 000 000 EUR;

b) proyectos de energía eólica marina: 565 000 000 EUR;

c) proyectos de captura y almacenamiento de carbono: 1 050 000 000 EUR.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) uno o varios Estados miembros, actuando conjuntamente;

b) con el consentimiento de todos los Estados miembros directamente afectados por el proyecto en cuestión:

i) una o varias empresas u organismos públicos o privados, actuando conjuntamente,

ii) una o varias organizaciones internacionales, actuando conjuntamente, o

iii) una empresa común.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) infraestructuras de gas y electricidad;

b) energía eólica marina, y

c) captura y almacenamiento de carbono.

Documentos asociados

Boletín: 31/07/2009
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº 199
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento