Programa de apoyo a la I+D Empresarial Hazitek, en el ejercicio 2026.

Código de ayuda:

S35128/25

Norma:

ORDEN de 16 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de febrero de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Programa de ayudas para el apoyo a la realización de Proyectos Transformadores, Proyectos Estratégicos y Proyectos Competitivos, siendo estos proyectos de Investigación Industrial, Desarrollo Experimental y/o Infraestructuras de ensayo y experimentación, en el sector empresarial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en los ámbitos y sectores prioritarios enmarcados en el Plan de Industria - Euskadi 2030.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad. (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas: grandes empresas o Pymes. Se entenderá por Pymes, las pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I del Reglamento general de exención por categorías, las empresas que empleen a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros. Asimismo, se entenderá por pequeñas empresas las que empleen menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supere los 10 millones de euros. En ambos supuestos, el cómputo de dichos efectivos y límites en caso de empresas asociadas o vinculadas se efectuará como disponen los artículos 4, 5 y 6 del citado Anexo I del Reglamento general de exención por categorías.

b) Las agrupaciones y asociaciones de empresas, con independencia de cuál sea su forma legal. No obstante, también podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas jurídicas que carezcan de personalidad, conforme a lo prescrito en el artículo 11.4 de la Ley 20/2023, 21 diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones. En este caso, la agrupación deberá nombrar un líder, que actuará como representante o apoderado con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que, como beneficiario, correspondan a la agrupación. Los miembros de estas agrupaciones deberán hacer constar expresamente, en los términos establecidos en la base 13.3 de esta orden, los compromisos de ejecución del proyecto asumidos por cada uno de ellos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Serán subvencionables los proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental y adquisición de infraestructuras de ensayo y experimentación de carácter transformador y considerados diferenciales y únicos por sus características y particularidades, alineados con las prioridades estratégicas del Plan de Industria – Euskadi 2030, y suponen la mejora de la competitividad en los sectores estratégicos Irabazi y Hazi y de la imagen de la CAE como potencia industrial innovadora.

b) Se subvencionarán las actividades de I+D, la adquisición de infraestructuras de ensayo y experimentación de los proyectos transformadores orientadas a crear nuevos conocimientos útiles para obtener nuevos o mejores productos, procesos o servicios, así como integrar nuevas tecnologías de carácter transformador, crear nuevas patentes y nuevas empresas de base científico-tecnológica (Startups).

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2025
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 250
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento