Programa de adquisición de competencias profesionales en materia de internacionalización empresarial.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S19400/18

Norma:

RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de mayo de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 42.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es la convocatoria de 40 plazas para la capacitación de jóvenes profesionales en materia de internacionalización empresarial mediante formación práctica, con la finalidad de mejorar la empleabilidad y poner a disposición de las empresas gallegas profesionales que les ayuden a mejorar su competitividad.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) El importe máximo de subvención por becario es de 42.000 € por un período de 12 meses o su parte proporcional en función del período de la beca. Las dotaciones variarán según el destino y el número de meses de estancia en Galicia y en el extranjero. De esta subvención se detraerán la correspondiente retención fiscal y la cuota por cotización a la Seguridad Social aplicables según la legislación vigente.

Se consideran incluidos dentro de la subvención –y dentro del límite máximo de los 42.000 €– todos los gastos en que tenga que incurrir el becario para su desarrollo. La subvención incluye una cuantía semestral máxima de 1.000 € por becario –que se revisará al término de cada semestre a efectos de nuevas dotaciones semestrales en función de la ejecución del semestre anterior y previa solicitud motivada del becario (en el anexo II)– en concepto de gastos de tasas de visado y gastos de desplazamiento a eventos, empresas o entidades distintas del destino asignado, relacionados con el objeto de la beca (avión, tren, autobús, hotel, taxi, aparcamiento, autopista, compensación por kilometraje), así como cursos de idiomas en el país de destino previa autorización del Igape. Estos importes serán abonados por el Igape al becario una vez sean autorizados por el Igape, realizados y correctamente justificados. Cuando el medio de transporte sea el vehículo particular, serán abonados los kilómetros recorridos a razón de 0,19 € por km recorrido. El desplazamiento mediante vehículo propio solo es posible en Galicia.

b) Gastos de desplazamiento: una vez incorporados a los destinos indicados en la resolución, en el caso de cambio de destino –mediante nueva resolución que implique más de un viaje de ida y retorno previstos en la dotación de la beca, en el período inicial o en el período de prórroga– el Igape abonará al becario los gastos de desplazamiento mediante avión, tren o autobús y gastos de hotel, previa presentación de los correspondientes justificantes de gastos (mediante facturas, billetes y/o tarjetas de embarque) hasta un máximo de 1.000 € si es el mismo continente y 1.500 € si se traslada a otro continente. Estos importes – al ser circunstancias excepcionales– no están incluidos dentro del límite máximo de la beca.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

1. Haber nacido a partir del 1 de enero de 1983.

2. Poseer la nacionalidad española y nacido en Galicia; ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea y nacido en Galicia o estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia con dos años de antigüedad a la fecha de publicación de estas bases.

3. Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes:

a) Universitarias (licenciatura, diplomatura, ingeniería o grado): Administración y Dirección de Empresas, Ciencias del Transporte y Logística, Ciencias Económicas y Empresariales, Ciencias Empresariales, Ciencias Políticas, Comercio, Comercio Exterior, Derecho, Dirección y Creación de Empresa, Dirección de Empresas-BBA, Dirección Financiera y Contabilidad, Economía, Ingeniería, Estadística y Empresa, Marketing y Dirección Comercial, Marketing e Investigación de Mercados, Relaciones Internacionales, u otras con distinta denominación pero de contenidos similares a las citadas.

b) Formación profesional: técnico superior en Comercio Internacional.

c) Otras titulaciones universitarias no preferentes (licenciatura, diplomatura o grado) de otras temáticas con la condición de que se disponga además de título de máster en Comercio Internacional.

Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros privados españoles deberán estar homologados por el Ministerio de Educación español antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Por lo que se refiere a los títulos de máster no se requiere que estén homologados.

4. Conocimientos de inglés (hablado y escrito).

Esta capacidad se acreditará mediante la realización de un examen en el que los aspirantes deberán demostrar como mínimo nivel B1 del marco común europeo de referencia para las lenguas.

Los aspirantes que no comparezcan o no consigan el nivel mínimo B1 en la prueba de inglés quedarán excluidos del proceso de selección.

Opcionalmente, los candidatos, además de examinarse de inglés, podrán indicar en la solicitud hasta tres idiomas adicionales de los que quieran examinarse, de cara a tener más puntos en el baremo. Los idiomas adicionales disponibles son: chino, alemán, francés y portugués.

5. Estar dado de alta como demandante de empleo (o demandante de mejora de empleo) en el Servicio Público de Empleo de Galicia, antes de la fecha de presentación de su solicitud de ayuda.

6. Cumplir los requisitos del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, para ser considerado beneficiario de subvenciones.

7. No haber disfrutado con anterioridad de una beca del Igape relacionada con la internacionalización empresarial. Quedarán también excluidos de la convocatoria aquellos solicitantes que fueran adjudicatarios de este tipo de becas en ediciones anteriores y que hubieran renunciado a ellas con posterioridad.

8. No haber disfrutado de una beca concedida por otros organismos distintos de Igape, relacionada con la internacionalización empresarial o con prácticas en empresas fuera de España. Se exceptúan las becas de estudios disfrutadas durante los años escolares o universitarios.

9. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y de la Seguridad Social, así como no tener pendiente de pago ninguna otra deuda por ningún concepto con la Administración pública de la Comunidad Autónoma. El cumplimiento de este requisito se acreditará cumplimentando en el formulario electrónico la declaración responsable de la persona solicitante de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.h) del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 25/04/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 80
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/04/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 80
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento