Programa de Unidades Locales de Aprendizaje, y se regula el procedimiento para la concesion de ayudas durante el ejercicio de 2009.

Código de ayuda:

S06600/09

Norma:

ORDEN de 30 de diciembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/03/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones para el sostenimiento de los costes de funcionamiento durante el ejercicio 2009 de las Unidades Locales de Aprendizaje.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Para el ejercicio 2009 se establecen las siguientes cuantías:

– Módulo A, 500 € por cada semana de 40 horas mínimo de apertura, o 250 € euros por cada semana de 20 horas mínimo de apertura, siempre hasta un máximo de 6 meses. Al efecto del cómputo de horas,
se considerarán los días festivos oficiales como si la unidad local de aprendizaje hubiera permanecido abierta en su horario correspondiente.

– Módulo B, hasta 100 € por cada semana de actividad.

2. El importe total de la subvención, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o
privados, nacionales o internacionales, supere el coste del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Corporaciones locales y/o entidades locales.

b) Fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:

Será requisito para la concesión de las subvenciones y para el pago de las mismas que los beneficiarios se encuentren al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando no tengan
deudas con la administración por reintegro de subvenciones en período ejecutivo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Será, además, necesario que las aulas, los equipos y el personal de las Unidades Locales de Aprendizaje de las entidades solicitantes respondan a lo señalado en los artículos 4, 5 y 6 siguientes

Documentos asociados

Boletín: 30/01/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5944
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento