Programa de Incentivos a la contratacion por cuenta ajena de trabajadores desempleados.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S18464/13

Norma:

ACUERDO de 23 de mayo de 2013. ACUERDO de 21 de noviembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 10 de diciembre de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar la incorporación y permanencia de trabajadores desempleados en el mercado ordinario de trabajo, mediante el establecimiento de incentivos a la contratación por cuenta ajena de trabajadores en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Empleo, Turismo y Cultura (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según actuación subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las entidades de carácter privado sin ánimo de lucro y los trabajadores autónomos que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en el presente Acuerdo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Contrataciones realizadas por empresas y autónomos con menos de 10 trabajadores contratados y con centro de trabajo o domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid:

— Contratación indefinida: Se subvencionará con un importe de 1.500 euros cada contrato indefinido a tiempo completo.

— Contratación de duración determinada o en prácticas: Se subvencionará con un importe de 1.000 euros cada contrato de duración igual o superior a seis meses.

— Conversión en indefinido de contratos de duración determinada o en prácticas: Se subvencionará con un importe de 1.500 euros cada conversión a contrato indefinido a tiempo completo.

En los supuestos de contratación a tiempo parcial de las modalidades contractuales previstas en este apartado, el importe de las subvenciones establecidas en este Acuerdo se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida.

b) Contrataciones realizadas por empresas, entidades de carácter privado sin ánimode lucro y autónomos con 10 o más trabajadores contratados y con centro de trabajo o domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid:

— Contratación en prácticas: Se subvencionarán con un importe de 500 euros por cada año de duración, hasta un máximo de 1.000 euros, los contratos en prácticas a jornada completa.

— Contratación a tiempo parcial de mayores de cuarenta y cinco años: Se subvencionará con un importe de 1.000 euros cada contratación indefinida a tiempo parcial, siempre que la jornada sea, al menos, del 50 por 100 de la jornada ordinaria y se realice a personas desempleadas de cuarenta y cinco años o más que reúna los requisitos establecidos en el artículo 12 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y normativa de desarrollo.

En los supuestos de contratación a tiempo parcial de las modalidades contractuales previstas en este apartado, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada, teniendo en cuenta que en el contrato indefinido a tiempo parcial para mayores de cuarenta y cinco años, la reducción proporcional de la subvención se aplicará cuando la jornada laboral sea inferior a la mitad de la jornada a tiempo completo.

Requisitos:

— Para acceder a las subvenciones reguladas en este Acuerdo, los beneficiarios de la subvención deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

— El centro de trabajo o el domicilio social y fiscal del beneficiario de la subvención deberá estar radicado en la Comunidad de Madrid.

— No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 127
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 27/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 282
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 18/07/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 169
Documento: NotificacionCredito presupuestario Descargar Documento