Programa de Ayudas al Alquiler de Viviendas.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S17155/17

Norma:

ORDEN 5/2017, de 11 de abril. Resolución de 25 de abril de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de junio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Tienen como objeto las ayudas en materia de vivienda a personas físicas, con objeto de facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler. Se tramitarán al amparo de lo dispuesto en las presentes bases, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, tanto las ayudas correspondientes al programa de ayudas al alquiler del Plan Estatal de Fomento del alquiler, rehabilitación y renovación urbana 2013-2016, como la ayuda adicional de la Generalitat.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global máximo de las ayudas a conceder será de 8.587.850,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas contempladas en la presente orden las personas físicas mayores de edad que reúnan todos y cada uno de los requisitos.

Requisitos:

a) Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda, formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos, en calidad de persona arrendataria, con duración mínima de un año, con mención expresa de la referencia catastral de la vivienda y cuyo pago del alquiler se realice a través de entidad financiera.

b) Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria.

c) Que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, en adelante ingresos de la unidad de convivencia, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, sean, en conjunto, inferiores al límite máximo de ingresos que da acceso a la ayuda, establecido en la base tercera.

d) Que la vivienda objeto del contrato de arrendamiento lo sea por una renta igual o inferior a los límites establecidos, en función de la localidad de emplazamiento de la vivienda, en la base cuarta.

Documentos asociados

Boletín: 21/04/2017
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8024
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 03/05/2017
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8031
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/05/2017
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Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento