Programa de Ayudas a la Formación en las empresas alavesas.

Código de ayuda:

S15319/05

Norma:

DECRETO FORAL 22/2005 de 22 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el marco general de ayudas dirigidas a estimular e incentivar actividades relacionadas con la formación continua y para el empleo en las empresas alavesas.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Diputación Foral de Álava (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a los beneficios contenidos en el presente Programa de Ayudas:
a) empresas, con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Álava y/o que al menos tengan ubicados en dicho Territorio Histórico un centro de producción o de servicios,
b) agrupaciones y asociaciones de empresas con personalidad jurídica propia que integren a las empresas mencionadas anteriormente,
c) empresarios individuales y/o autónomos con domicilio fiscal en Álava.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será objeto de subvención en este programa la realización de las siguientes actividades:
- Cursos de Reciclaje.
- Cursos de Formación para el Empleo.
- Estudios-Diagnóstico de necesidades de formación.

Requisitos:

Los beneficiarios mencionados en los apartados anteriores deberán cumplir además los siguientes requisitos:
- que su actividad económica pertenezca al sector industrial o de servicios conexos a la industria,
- que se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con Hacienda, en los términos estipulados en el Decreto Foral 18/97, de 11 de febrero, y con la Seguridad Social, tanto en el momento de la resolución como en el momento del abono de la subvención.
Cuando el solicitante no tenga asignado código de cuenta de cotización en ningún régimen del sistema de Seguridad Social, deberán hallarse al corriente de la Seguridad Social todos los socios de la empresa.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2005
BO Provincia de Álava- Nº 40
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento