Programa de Ayudas a Inversiones para la Demostración y Validación de Tecnologías Energéticas Renovables Marinas Emergentes.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S31019/17

Norma:

RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2017 o agotamiento del crédito.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras de conformidad con los objetivos de la Política Energética del Gobierno Vasco tiene como misión contribuir, mediante el necesario impulso público, a aumentar la eficiencia en el consumo de energía, contribuyendo a la consecución de un sistema energético más competitivo, más sostenible y más seguro, al disminuir el impacto ambiental, requerir menos energía para el consumo y reducir la dependencia de recursos externos.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Ente Vasco de la Energía (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Todas aquellas personas jurídicas, de naturaleza privada, que lleven a cabo, dentro del territorio de la CAPV, actuaciones del tipo de las especificadas en la base 4.ª de este Programa de Ayudas.

b) Los consorcios, agrupaciones o asociaciones de empresas de naturaleza privada y sin personalidad jurídica, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante «LGS»), que lleven a cabo, dentro del territorio de la CAPV, actuaciones del tipo de las especificadas en la base 4.ª de este Programa de Ayudas.

La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En el marco del presente Programa de Ayudas, se consideran actuaciones subvencionables las propias de la fase de demostración y validación de proyectos de desarrollo experimental, que de acuerdo con las especificaciones descritas en esta base 4.ª, sean llevadas a cabo por los solicitantes en el territorio de la CAPV y que sean ejecutadas y facturadas en el período comprendido entre la fecha posterior a la de presentación de la correspondiente Solicitud de Ayuda al presente Programa y el 31 de diciembre de 2017 (Reglamento 651/2014). Para los ejercicios 2018 y 2019 las actuaciones descritas en esta base 4.ª y de acuerdo con las fases anuales detalladas en cada solicitud ya presentada y aprobada, deberán estar ejecutadas y facturadas entre el 1 de enero del ejercicio correspondiente y el 31 de diciembre del mismo ejercicio.

Las actuaciones objeto de subvención a cargo del presente Programa de Ayudas serán únicamente:

1 Pruebas experimentales en fase de demostración y validación de Prototipos a escala real o cercana a la real de dispositivos de captación de energía de las olas.

2 Pruebas experimentales en fase de demostración y validación de Prototipos a escala real o cercana a la real de dispositivos de cimentación flotante de aerogeneradores.

3 Pruebas experimentales en fase de demostración y validación de Prototipos a escala real o cercana a la real de aerogeneradores marinos.

4 Pruebas experimentales en fase de demostración y validación de Prototipos de equipos auxiliares o componentes complementarios de cualquiera de los prototipos anteriormente descritos.

5 Coordinación de Proyectos vinculados a una o varias de las actuaciones 4.1, 4.2, 4.3 y 4.4 de esta Base 4.ª. Esta actuación sólo será considerada como objeto de subvención si existe simultáneamente una solicitud de ayuda vinculada a cualquiera de las actuaciones citadas 4.1 a 4.4 de la Base 4.ª.

Todas las actuaciones deberán llevarse a cabo en infraestructuras de ensayo de energías renovables marinas emergentes, en mar abierto y ubicadas en la CAPV. Los proyectos podrán presentarse:

– como Propuesta individual, por una única entidad; o bien,

– como Propuesta en colaboración, en la que el desarrollo está participado por varias entidades con
personalidad jurídica diferenciada, si bien su relación está formalizada mediante contrato, convenio, o acuerdo legal, en el que se explicitan los derechos y obligaciones de cada entidad participante. En esta línea, para que exista una propuesta en colaboración debe haber un mínimo de dos entidades independientes participantes.

Cada proyecto a ensayar deberá venir acompañado de un compromiso de aceptación por parte de la infraestructura de ensayo en la que vaya a ser ensayado, o, al menos, una carta de apoyo al proyecto por parte de la infraestructura que lo respalde.

Los proyectos deberán estar orientados a la comercialización, presentar soluciones innovadoras y ser
replicables y escalables. Además, todos los proyectos deberán probar que los prototipos a ensayar están
respaldados por una fase de I+D sólida, con ensayos a diferentes escalas operacionales en instalaciones
reconocidas y certificadas; al mismo tiempo, los diseños, sus rendimientos y costes de cada proyecto
deberán haber sido verificados.

Documentos asociados

Boletín: 26/06/2017
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento