Programa de Ayudas Lortu Berria para el año 2026.

Código de ayuda:

S19364/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 15:00 horas del 30 de octubre de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas en especie dirigidas a la realización de proyectos de salud financiera a través del Servicio Lortu Berria. Este servicio, destinado a empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, tiene como objetivo acompañarlas en la realización de proyectos que les posibilite lograr la salud financiera. Estos proyectos comprenderán un diagnóstico preliminar, que se complementará con un análisis y diagnóstico integral desde las perspectivas económica, productiva, financiera y societaria de las empresas, la elaboración de un plan de acción con las medidas necesarias y el acompañamiento en la ejecución de dichas medidas a empresas que atraviesan situaciones especiales o prevén posibles dificultades futuras.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SPRI. Agencia vasca de desarrollo empresarial (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La concesión de la ayuda en especie se resolverá de forma independiente para cada fase:
a) Fase 1:
El importe de ayuda en especie otorgado para la Fase 1 será de 1.200 euros, impuestos excluidos, correspondiente a la ejecución del diagnóstico preliminar, equivalente a una horquilla de entre 8 y 10 horas de trabajo.
Las ayudas objeto de esta convocatoria subvencionarán el 100 % del coste de la Fase 1.
b) Fase 2:
La cuantía de las ayudas destinada a la Fase 2 se determinará en la Resolución de Concesión de Fase 2, en la que se asignará la bolsa de horas para la ejecución de dicha fase. El precio hora se establece en 130 euros, impuestos excluidos.
La subvención correspondiente a la Fase 2 cubrirá el 90 % del coste total de la actuación subvencionable, correspondiendo a la entidad beneficiaria la financiación del 10 % restante, en concepto de aportación obligatoria (copago).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las subvenciones objeto de este programa las personas jurídicas que sean empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, que enfrenten situaciones que comprometen su viabilidad y/o amenazan su competitividad o identifican señales tempranas de riesgo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Reestructuración económico-financiera;
– Gobernanza y reorganización societaria;
– Sucesión y relevo generacional;
– Fusiones y Adquisiciones (M&A); y
– Proyectos combinados, entendidos como aquellos que abarcan simultáneamente varias de las dimensiones críticas de este listado.

Requisitos:

a) Dispongan de un centro de actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) Figuren de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.

Documentos asociados

Boletín: 13/07/2026
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 131
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento