Programa de Aprendizaje Permanente.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S44337/11

Norma:

EAC/27/11.

Plazo de Solicitud:

Consultar según tipo de programa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir, mediante el aprendizaje permanente, al desarrollo de la Comunidad como sociedad del conocimiento avanzada, con un crecimiento económico sostenible, más y mejores puestos de trabajo y una mayor cohesión social, garantizando al mismo tiempo una buena protección del medio ambiente en beneficio de las generaciones futuras.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Alumnos, estudiantes, personas en formación y estudiantes adultos.

b) Profesores, formadores y personal de otro tipo que participen en cualquier aspecto del aprendizaje permanente.

c) Personas presentes en el mercado de trabajo.

d) Centros u organizaciones que ofrezcan posibilidades de aprendizaje en el contexto del programa de aprendizaje permanente o en los límites de sus subprogramas.

e) Personas y organismos responsables de sistemas y políticas que traten cualquier aspecto del aprendizaje permanente a nivel local, regional y nacional.

f) Empresas, interlocutores sociales y sus organizaciones a todos los niveles, incluidas las organizaciones profesionales y las cámaras de comercio e industria.

g) Organismos que presten servicios de orientación, asesoramiento e información relacionados con cualquier aspecto del aprendizaje permanente.

h) Asociaciones activas en el ámbito del aprendizaje permanente, incluidas las de estudiantes, personas en formación, alumnos, profesores, padres y estudiantes adultos.

i) Centros de investigación y organismos que trabajen sobre aspectos del aprendizaje permanente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Movilidad de las personas que participan en el aprendizaje permanente.

b) Asociaciones bilaterales y multilaterales.

c) Proyectos multilaterales especialmente encaminados a fomentar la calidad de los sistemas de educación y formación mediante la transferencia transnacional de innovación.

d) Proyectos unilaterales y nacionales.

e) Proyectos y redes multilaterales.

f) Observación y análisis de políticas y sistemas en el ámbito del aprendizaje permanente, elaboración y mejora periódica de material de referencia, incluidos encuestas, estadísticas, análisis e indicadores, medidas para apoyar la transparencia y el reconocimiento de las cualificaciones y de los estudios previos y medidas para apoyar la cooperación en materia de garantía de la calidad.

g) Subvenciones de funcionamiento para sufragar determinados costes de funcionamiento y administrativos de las instituciones y asociaciones que actúan en el ámbito cubierto por el programa de aprendizaje permanente.

h) Otras iniciativas destinadas a fomentar los objetivos del programa de aprendizaje permanente («las medidas de acompañamiento»).

Documentos asociados

Boletín: 24/11/2006
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: DECISIÓN No 1720/2006/CE. Descargar Documento
Boletín: 09/08/2011
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: Convocatoria de Propuestas. Descargar Documento