Programa de Adecuación y Restauración de los Jardines Tradicionales de Mallorca.

Código de ayuda:

S23300/04

Norma:

Sesión de 15 de septiembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/10/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover, en el marco del Plan de Desarrollo Sostenible aprobado por el Pleno del Consell de Mallorca con fecha de 1 de diciembre de 2003, la adecuación y la restauración de los jardines tradicionales dentro del ámbito territorial de la isla de Mallorca.

Este programa tiene por objetivo adecuar y/o restaurar los jardines tradicionales mallorquines que presenten un interés paisajístico o naturalístico, construidos antes de 1960, de acuerdo con su estilo y tipología original, y que sean accesibles para el público en general o visibles desde el exterior, en el caso de jardines privados, y que por su valor medioambiental, estético u originalidad sean susceptibles de acogerse al presente programa.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los propietarios de jardines públicos y/o privados que presentan un interés paisajístico y/o naturalístico, que hayan sido construidos antes de 1960 y que sean accesibles para el público en general o visibles desde el exterior.

Los solicitantes sólo podrán pedir la inclusión en el programa para la primera adecuación y/o restauración del jardín y se tendrán que comprometer a su mantenimiento posterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los siguientes trabajos:
- La redacción del proyecto básico de ajardinamiento.
- La preparación del terreno, la incorporación de nuevos sustratos y de abonos.
- La extracción de ejemplares de especias invasoras o inadecuadas.
- La extracción de ejemplares muertos o enfermos irrecuperables.
- La poda de formación y/o recuperación de ejemplares enfermos recuperables.
- La plantación de los nuevos ejemplares de acuerdo con la tipología del jardín.
- La instalación de elementos de acequia que supongan un ahorro de agua.
- La superficie máxima de actuación será de 1.000 metros.
En el caso de que los jardines objeto de actuación superen estas dimensiones, se llevará a cabo la intervención en una porción de la misma, igual a la superficie máxima, de forma que pueda servir como experiencia y demostración a su propietario, ya sea público o privado.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 28/09/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 135
Documento: Convocatoria Descargar Documento