Programa de Accion Social para el personal funcionario docente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S53428/11

Norma:

Orden de 26/12/2011.

Plazo de Solicitud:

En cada ejercicio económico, el plazo será del 1/01 al 30/04; no siendo necesaria la publicación de la convocatoria previa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las prestaciones del Programa de Acción Social a favor del personal funcionario docente al servicio de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de educación, así como el procedimiento de concesión de las mismas.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de cada ayuda se determinará de acuerdo con lo dispuesto en las bases específicas que regulan
cada una de las modalidades. En todo caso, la cuantía de las ayudas del Programa de Acción Social que requieran para su concesión la justificación previa de un gasto, nunca podrá exceder del pago efectivamente realizado y justificado.

La cuantía total del fondo del Programa de Acción Social se repartirá entre las diversas modalidades según el siguiente porcentaje:

a) Ayudas por formación universitaria del funcionario docente (FUD), el 33´5%.

b) Ayudas por estudios universitarios y no universitarios (EU), el 33´5%.

c) Ayudas por guardería (AG), el 13´5 %.

d) Ayudas por comedor escolar (AC), el 13´5 %.

e) Ayuda a personas con discapacidad (PM), el 4 %.

f) Ayudas por infortunio y violencia de género (AI), el 2%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El personal funcionario docente, de carrera, en prácticas e interinos, dependiente de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de educación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayudas por formación universitaria del funcionario docente (FUD).

b) Ayudas por estudios universitarios y no universitarios (EU).

c) Ayudas por guardería (AG).

d) Ayudas por comedor escolar (AC).

e) Ayuda a personas con discapacidad (PM).

f) Ayudas por infortunio y violencia de género (AI).

Requisitos:

a) Los hechos y contingencias que den lugar a la ayuda y, por tanto, los gastos por ellos ocasionados, deberán referirse inexcusablemente al período económico de cobertura de las ayudas, que coincidirá con el ejercicio presupuestario anterior a aquel en que se presenten las solicitudes. En el supuesto de que el pago se efectúe en el ejercicio posterior al de los hechos causantes, se considerará la fecha de emisión de la factura a efectos de determinar el ejercicio presupuestario al que se ha de imputar la ayuda.

b) Encontrarse el funcionario docente en situación de servicio activo en el momento en que se produjo el hecho causante de cada modalidad de ayuda y en el momento de presentación de la solicitud. A estos efectos, se equipara a la situación de servicio activo la de excedencia por cuidado de un familiar.

c) Con carácter general, cuando se hubiera completado un periodo de 90 días de servicio activo como funcionario docente, dependiente de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de educación, durante el período económico de cobertura de las ayudas, se tendrá derecho a la cuantía íntegra de las ayudas según lo previsto en esta orden para cada modalidad. Cuando este periodo fuese inferior a los 90 días, será de aplicación un coeficiente reductor del 50% sobre la cuantía de la ayuda.

d) Reunir los requisitos exigidos en las bases específicas de cada modalidad de ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2011
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 253
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento