Programa complementario de formación en alternancia con el empleo en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S15400/17

Norma:

DECRETO 41/2017, de 4 de abril. Orden de 20 de abril de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de mayo de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente decreto tiene por objeto establecer un Programa complementario de formación en alternancia con el empleo y aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación, en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que complemente los proyectos aprobados en las convocatorias de subvenciones del ejercicio 2016 a entidades promotoras del Programa de Escuelas Profesionales de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total máxima de la subvención a conceder, estará compuesta por la suma de los importes de los gastos subvencionables de los módulos A y B, y los costes salariales de los contratos suscritos con el alumnado-trabajador, cuantificándose por módulos/horas/participante, considerando que la jornada formativa/laboral será de 37,5 horas semanales, supondrá en el Módulo A un total de 1.875 horas y en el Módulo B un total 1.800 horas, a cuyos efectos, se fijan los siguientes módulos:

— Módulo A: 3,63 euros/hora/alumno/a trabajador/a.

— Módulo B: 1,01 euros/hora/alumno/a trabajador/a.

— Salario alumnos-trabajadores: el 75 % del salario mínimo interprofesional anualmente establecido, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, y la totalidad de las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador correspondientes por todos los conceptos que establezca la normativa vigente en el momento de la concesión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán participar como alumnado-trabajador en estas acciones las personas desempleadas mayores de 18 años e inscritas en los Centros de Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Módulo de prevención de riesgos laborales, cuya duración será al menos de 30 horas.

b) Módulo de igualdad de género y sensibilización medioambiental, con una duración conjunta de al menos 10 horas.

c) Módulo de competencias básicas y genéricas y orientación profesional, con una duración de al menos 20 horas.

d) Módulo de fomento de la iniciativa y espíritu emprendedor, con una duración mínima de 15 horas, integrado en el diseño y desarrollo del proyecto recogido en el apartado 2 del presente artículo.

e) Módulo de competencia digital, cuya duración será de al menos 20 horas, salvo que el contenido del proyecto requiera una duración menor y así lo justifique la entidad promotora en su plan formativo.

Requisitos:

a) Encontrarse, en su caso, incluidas en el grupo o colectivo concreto de personas desempleadas de difícil empleabilidad que se hubiese delimitado expresamente en la convocatoria de subvenciones a las entidades promotoras, porque fuese necesario para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, las Estrategias Europea y Española de Activación para el Empleo, la Estrategia de Empleo de Extremadura y Planes de Empleo consensuados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como podrían ser, entre otros, las personas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, desempleadas mayores de 45 años o desempleadas de larga duración.

b) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las funciones propias del puesto, ni cualquier otro impedimento personal o de cualquier otra índole para la realización de las actividades propias de la ocupación laboral a desempeñar de acuerdo con la normativa de aplicación.

A dichos efectos, y sin perjuicio de otros supuestos, se entenderá que el aspirante no ostenta el presente requisito, si al tiempo de realizar la contratación laboral correspondiente, y así procediera legalmente, los servicios de prevención de riesgos laborales de la entidad promotora emitieran informe desfavorable al respecto sobre la imposibilidad de adecuar la debida protección de la salud o integridad física de los trabajadores y el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo a desempeñar, derivada de la situación psicofísica del aspirante previa al contrato.

c) Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación y aprendizaje.

d) Si la formación del proyecto está dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad de nivel de cualificación 2 o 3 deberán cumplir los requisitos mínimos exigidos en la normativa para el acceso a los mismos.

e) Carecer de titulación, competencia o cualificación profesional en la misma materia específica, igual o superior a la que se adquirirá en el desarrollo de la acción.

f) Adecuación al correspondiente puesto según los perfiles profesionales establecidos en el proyecto formativo de la acción aprobada.

g) Si las actividades a efectuar por el alumnado trabajador implican trabajar con menores, acreditación a través del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales de la carencia de delitos de naturaleza sexual, según la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

El alumnado-trabajador seleccionado deberán mantener estos requisitos a la fecha de contratación por la entidad promotora.

Documentos asociados

Boletín: 10/04/2017
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 69
Documento: Bases Reguladoras 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/05/2017
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