Programa agroambiental para la agricultura ecologica, la ganaderia ecologica y el mantenimiento de razas autoctonas puras en peligro de extincion, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (FEADER), aprobado segun las bases re guladoras establecidas por la Orden 210/2006, de 20 de enero, modificada por la Orden 2143/2009, de 2 de junio.

Código de ayuda:

S30719/10

Norma:

ORDEN 5119/2009, de 30 de diciembre. Orden 210/2006, de 20 de enero. Orden 2143/2009, de 2 de junio. ORDEN 1377/2010, de 23 de abril. Real Decreto 66/2010, de 29 de enero. Orden ARM/762/2010, de 26 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de mayo de 2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Proceder a la convocatoria, para el año 2010, de las ayudas para las anualidades de los compromisos agroambientales aceptados por los beneficiarios del citado programa, para la agricultura ecológica, la ganadería ecológica y el mantenimiento
de razas autóctonas puras en peligro de extinción. Dichas anualidades se ajustarán a lo establecido en las correspondientes órdenes de convocatoria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

— 92,32 euros/ha y año en cultivos herbáceos de secano.

— 162,27 euros/ha y año en cultivos herbáceos de regadío.

— 119,00 euros/ha y año en frutales de secano.

— 328,15 euros/ha y año en frutales de pepita.

— 364,21 euros/ha y año en frutales de hueso.

— 266,85 euros/ha y año en olivar.

— 228,38 euros/ha y año en viñedo para vinificación.

— 495,83 euros/ha y año en viñedo para uva de mesa.

— 258,44 euros/ha y año en hortícolas al aire libre.

— 504,85 euros/ha y año en hortícolas bajo plástico.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones agrícolas situadas en la Comunidad de Madrid y que se comprometan por un período de cinco
años, salvo causa de fuerza mayor, a cumplir con los compromisos y requisitos exigidos en la submedida 3.4 Agricultura Ecológica del Anexo II del Real Decreto 708/2002, modificado por el Real Decreto 172/2004, de 30 de enero, y siempre que la superficie mínima de cultivo a comprometer sea de:

— 5 hectáreas en cultivos herbáceos.

— 2 hectáreas en olivar, viña y frutos secos.

— 1 hectárea en frutales de hueso y pepita.

— 0,3 hectáreas en hortícolas.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 34
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/07/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 166
Documento: Modificación, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/01/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 26
Documento: Real Decreto 66/2010, de 29 de enero Descargar Documento
Boletín: 27/03/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 75
Documento: Orden ARM/762/2010, de 26 de marzo Descargar Documento
Boletín: 07/05/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 108
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 07/05/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 108
Documento: Solicitud de pago único Descargar Documento