Programa Personal de Integracion y Empleo (PIE) dirigido a trabajadores desempleados para la mejora de su empleabilidad e insercion laboral.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S06437/13

Norma:

ORDEN EYE/136/2013, de 7 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incentivar, a aquellos trabajadores desempleados que participen en acciones de orientación, inserción y búsqueda de empleo desarrolladas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, a través de programas personales de integración y empleo, mediante una ayuda económica.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los beneficiarios recibirán una ayuda de 400 euros por mes, o la parte proporcional por períodos inferiores.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los trabajadores desempleados que, reuniendo los requisitos de la base 4.ª, cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La mejora de su empleabilidad e insercion laboral.

Requisitos:

a) Estar inscrito como desempleado en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. A estos efectos se considerará como desempleados a los demandantes de empleo no ocupados.

b) Tener una inscripción ininterrumpida como demandante de empleo de, al menos, 6 meses.

c) Suscribir el compromiso de participar en las acciones de orientación, inserción y búsqueda de empleo a que se refiere la Base 1.ª de esta orden.

d) No ser beneficiario de ningún tipo de prestaciones o subsidios de desempleo, renta agraria o renta activa de inserción, renta garantizada de ciudadanía u otras destinadas a la misma finalidad. No reunir los requisitos para ser beneficiario de la Renta Activa de Inserción, ni de cualquier Programa estatal cuya finalidad sea sustancialmente idéntica al que es objeto del presente Programa.

e) Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, en cómputo mensual, superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.

f) Estar empadronado en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León desde el 1 de enero de 2011, como mínimo.

Documentos asociados

Boletín: 14/03/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 51
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento