Programa Nacional de ayudas para la movilidad de profesores de universidad e investigadores españoles y extranjeros.

Código de ayuda:

S21928/04

Norma:

Resolución de 23 de agosto de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/10/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mantener la capacidad y competitividad de los grupos de investigación y de los Departamentos Universitarios que les permita participar en los avances científicos y académicos que una sociedad basada en el conocimiento demanda.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación y Ciencia ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Modalidad A:
a) Cuando el centro receptor esté situado en territorio español una ayuda de hasta 1.500 euros al mes.
b) Cuando el centro receptor esté situado en un país extranjero, una ayuda comprendida entre 2.150 y 3.100 euros al mes, en función del país de destino.
c) Un seguro de accidentes y un seguro de asistencia sanitaria, extensible éste último, previa petición del interesado, al cónyuge e hijos en caso de que lo acompañen en la estancia en el extranjero.
d) Una ayuda complementaria para gastos de traslado e instalación de hasta 500 euros para desplazamientos en España y de hasta un máximo de 3.000 euros para desplazamientos al extranjero, en función del país de destino.

Modalidad B:
a) Dotación económica entre 1.300 y 2.350 euros brutos al mes, cantidad que será sometida a las retenciones propias del impuesto español sobre la renta de las personas físicas. Se tendrá en cuenta la situación especial de aquellos investigadores procedentes de países con los que existe convenio de doble imposición tributaria.
b) Gastos de traslado entre el lugar de procedencia y el centro receptor, siempre que se justifique que el viaje esté relacionado con la estancia y se haya realizado durante el mes anterior al de la fecha de incorporación.
Las ayudas se concederán por un importe de hasta 3.000 euros en función del país de procedencia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se referirán a alguna de las dos modalidades que a continuación se indican:
A. Estancias de profesores de universidad y de escuelas universitarias españoles, de investigadores del CSIC y de OPIS en centros de enseñanza superior y de investigación extranjeros y, excepcionalmente, españoles.
En esta modalidad se incluye el programa «Salvador de Madariaga».

B. Estancias de profesores e investigadores extranjeros en universidades públicas españolas, institutos del CSIC y OPIS; que se llevará a cabo a través de las submodalidades de:
B.1 Profesores e investigadores extranjeros, de acreditada experiencia, en régimen de año sabático.
B.2 Jóvenes doctores y tecnólogos extranjeros en estancias postdoctorales.

Requisitos:

Modalidad A:
A.1. Ser funcionario de carrera de los cuerpos docentes de las universidades públicas españolas, pertenecer a las escalas de investigación del CSIC o de los OPIS, o formar parte de las plantillas encargadas de las tareas de investigación en los hospitales universitarios, así como tener una vinculación laboral permanente de profesor universitario o investigador con los centros anteriores. En todos los casos, deberán encontrarse en activo en el momento de la solicitud y durante el disfrute de la ayuda.
A.2. No haber obtenido ninguna ayuda de este programa o de otro de características similares desde enero de 2002.
A.3. No podrán ser beneficiarios de las ayudas convocadas, las personas que se encuentren en algunas de las situaciones enumeradas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

Modalidad B:
- Submodalidad B.1:
B.1.1. Haber obtenido el título de doctor antes del 1 de enero de 1999 o acreditar documentalmente poseer experiencia docente-investigadora durante, al menos, 15 años.
B.1.2. Ser extranjero, o español residente en el extranjero, en donde desarrolle su profesión de manera habitual y no haber realizado en los últimos tres años estancias de larga duración en España.
B.1.3. No haber disfrutado de las ayudas de cualquiera de las dos modalidades de este programa o similares, con posterioridad al 1 de enero de 1999.
B.1.4. Colaborar con un profesor o investigador español que tenga vinculación funcionarial o contractual permanente con el organismo receptor, y acepte ser el responsable de su proyecto docente-investigador en España.
- Submodalidad B.2:
B.2.1. Haber obtenido el título de doctor con posterioridad al 1 de enero de 1999.
B.2.2. Ser extranjero, o español residente en el extranjero, y desarrollar su labor fuera de España de manera habitual y no haber realizado en los últimos tres años estancias de larga duración en España.
B.2.3. No haber disfrutado con anterioridad de una ayuda de esta modalidad o similar.
B.2.4. Colaborar con un profesor o investigador español que tenga vinculación funcionarial o contractual permanente con el organismo receptor, y acepte ser el responsable de su proyecto docente-investigador en España.

Documentos asociados

Boletín: 07/09/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 216
Documento: Convocatoria Descargar Documento