Programa «Conciliamos» en Navidad 2013.

Código de ayuda:

S40828/13

Norma:

ORDEN FAM/876/2013, de 4 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/11/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar el programa «Conciliamos», dirigido a la atención lúdica de niños y niñas durante el período vacacional de Navidad 2013, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– La cuota semanal que deben pagar las familias estará en función de la capacidad económica familiar, calculada de acuerdo con lo previsto en esta orden:

Capacidad económica familiar Cuota semanal

Hasta 9.000 € Exento

Desde 9.000,01 € hasta 18.000,00 € 20 €

Más de 18.000 € 30 €

2.– Las familias numerosas de categoría general, cuya capacidad económica, calculada de acuerdo con lo previsto en esta orden, no supere los 40.000 €, tendrán una bonificación del 50% de la cuota.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las unidades familiares que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La atención lúdica de niños y niñas durante el período vacacional de Navidad 2013, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

Requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio del programa.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten una discapacidad igual o superior al 65% o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

c) Tanto el menor, para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 05/11/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 213
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento