Programa «Cheque +Innova», dirigido a promover acciones de rapida implantacion e impacto en la competitividad de las empresas».- Convocatoria 2012. - Modificación.
Código de ayuda:
S15573/12Norma:
Bilbao, a 29 de marzo de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/10/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promocionar acciones de innovación y mejora competitiva de rápida ejecución e impacto, ajustadas a las necesidades concretas de las empresas, y que sean prestados por proveedores de servicios especializados y homologados por SPRI.Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACION COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La prestación de servicios por parte de dichos proveedores presenta tres modalidades de costo para la entidad beneficiaria en función del servicio contratado: 2.000 euros, 4.000 euros o 6.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las PYMEs industriales, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al producto-proceso y conexos a las anteriores, las del ámbito de la Sociedad de la Información y las Comunicaciones, y las de Comercio Mayorista.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La contratación, mediante el apoyo de Agentes Intermedios, de proveedores homologados, personas físicas o jurídicas, especializadas en prestación de servicios de mejora competitiva e innovación a las PYMEs.Requisitos:
a) Disponer de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y una plantilla mínima de 3 empleados.b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como de las obligaciones que mantenga con el Grupo SPRI y con el Gobierno Vasco.
c) No encontrarse en alguna de las siguientes situaciones.
Primero.-Incursas en prohibición o inhabilitación para la obtención de ayudas públicas o para contratar con la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Segundo.-Sujetas a una orden de recuperación de ayudas pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
Tercero.– En los supuestos del artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997 o en los del artículo 13 de la Ley 38/2003 por los que no pueda obtenerse la condición de beneficiario de subvenciones públicas.
Cuarto.– En situación de empresa en crisis, salvo que dicha situación se haya dado como consecuencia de la crisis económica y financiera global sobrevenida con posterioridad al 1 de julio de 2008.
Quinto.– Prácticas que puedan impedir, restringir o falsear el juego de la competencia.
Sexto.– Dedicación a la producción, comercialización y financiación de armas.
Documentos asociados
Boletín:
03/05/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 86
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 86
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín:
15/05/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 94
Documento: Modificación Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 94
Documento: Modificación Descargar Documento