Programa Catalunya Clústers.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S16037/17

Norma:

RESOLUCIÓN EMC/756/2017, de 23 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de mayo de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria del proceso para la acreditación de clústeres dentro del Programa Catalunya Clústers para el año 2017.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

A los efectos de esta resolución y de conformidad con la Política del Programa Catalunya Clústers, se
entenderá por clúster una concentración de empresas interconectadas, proveedores especializados y de servicios, empresas en industrias relacionadas e instituciones de respaldo en áreas específicas, que compiten pero a su vez también cooperan. Una organización clúster es una entidad legalmente constituida sin ánimo de lucro que aglutina empresas y los principales agentes de entorno tecnológico o de conocimiento del clúster y desarrolla actividades y proyectos de mejora competitiva.

Pueden formar parte del Programa Catalunya Clústers las entidades legalmente constituidas, con personalidad
jurídica propia, sin afán de lucro y que operen principalmente en Cataluña, que tengan como objeto social
principal la mejora de la competitividad de las empresas, así como una contrastada experiencia en dinamización de clústeres.

Requisitos:

Los requisitos de acreditación de los clústeres son:

a) Estar alineado con la política de clústeres de la Generalidad de Cataluña, disponible en la página web de ACCIÓ.

b) Tener un ámbito de actuación que abarque, como mínimo y principalmente, Cataluña.

c) Tener personalidad jurídica propia.

d) No tener afán de lucro y tener como objeto social principal la mejora de la competitividad de las
empresas.

e) Contar con un órgano de administración en que como mínimo el 70% de los miembros sean empresas
privadas. También contará, como mínimo, con un agente de entorno tecnológico o de conocimiento.

f) Disponer, como mínimo, de 40 socios, benefactores, entidades colaboradoras o figuras afines que tengan la obligación de contribuir económicamente de forma periódica y recurrente a la actividad del clúster. Para los clústeres con menos de 2 años de existencia, el requisito será de 30 socios o figuras afines.

g) Contar con un mínimo de facturación agregada de sus socios, benefactores, entidades colaboradoras o
figuras afines de 200 millones de euros y una masa crítica potencial de 500 millones de euros. Para clústeres con menos de 2 años de experiencia, el requisito será de un mínimo de facturación agregada de sus socios, benefactores, entidades colaboradoras o figuras afines de 150 millones de euros y una masa crítica potencial de 500 millones de euros. A estos efectos se entenderá como masa crítica potencial la facturación agregada de las empresas que podrían formar parte del Clúster.

h) Disponer de la certificación actualizada Bronze Label o superior que otorga el European Secretariat for Cluster Analysis (ESCA).

i) Disponer de los servicios de un cluster manager con dedicación completa, independientemente de que su vinculación con el clúster sea laboral o mercantil, y que no realice actividades profesionales o laborales que supongan un conflicto de intereses con la actividad profesional en tanto que cluster manager. A los efectos de estas bases se considera conflicto de intereses cualquier situación que pueda dar lugar a una duda razonable sobre la imparcialidad y la independencia de juicio del cluster manager en el cumplimiento de sus obligaciones como tal, por el hecho de tener otros intereses profesionales, empresariales y/o personales que pudieran influir en la manera en que lleva a cabo sus deberes y responsabilidades en tanto que cluster manager. Se consideran compatibles las actividades relacionadas con la docencia.

El cluster manager deberá cumplir los requisitos siguientes:

- Experiencia mínima de 5 años en tanto que ejecutivo/a de empresas, consultor/a o perfil similar de
dinamización de proyectos empresariales.

- Conocimiento, experiencia y habilidades en iniciativas de clúster.

- Participación en actividades/proyectos internacionales.

- Capacidad para la gestión de proyectos.

- Conocimiento sobre Políticas públicas.

- Conocimientos sobre Estrategia competitiva.

- Conocimientos y capacitación necesarias para las tareas de impulso y consolidación del clúster.

Deberá contar con conocimientos, experiencia y habilidades en los ámbitos de liderato, comunicación y gestión del cambio.

- Dominio avanzado de catalán, español e inglés (también se valorarán otros idiomas).

- Se valorará positivamente disponer de titulación universitaria y tener estudios de extensión universitaria en gestión empresarial (MBA, máster, posgrado, etc.).

j) Ser una organización independiente de otras asociaciones empresariales o de otras instituciones
existentes. Se entenderá que no concurre independencia, entre otros supuestos, cuando:

- el clúster consolide sus cuentas anuales con otra entidad;

- existan compromisos contractuales u otros medios (de orden financiero, operativo, comercial o de otro
tipo) entre el clúster y un tercero que puedan tener la capacidad de este tercero de influir significativamente en el desarrollo del clúster;

- exista, por cualquier medio, un control directo o indirecto, o una influencia dominante de un tercero en los órganos de gobierno del clúster o en las decisiones de estos;

k) Disponer de un plan estratégico del clúster vigente y de tres años de duración que incluya:

- Definición del clúster y ámbito de actuación.

- Mapeo de las empresas y agentes del clúster en que se indique la cadena de valor que lo define y con la segmentación de los negocios que abarca el clúster.

- Cuantificación de la masa crítica potencial (indicando empresas, facturación y número de trabajadores)

- Retos estratégicos empresariales y retos del entorno en que actúa el clúster.

- Histórico como organización clúster. Origen, tiempo de desarrollo, cuantificación de socios, proyectos y actividades impulsados, resultados obtenidos.

- Líneas de trabajo priorizadas del clúster para dar respuesta a los retos identificados con indicadores de seguimiento correspondientes.

- Gobernanza: Estructura, gestión y financiación del clúster.

- Estrategia de marketing y comunicación.

- Estrategia de internacionalización.

- Plan anual vigente de actividades y proyectos calendarizado, incluyendo actividades interclústeres.

l) Tener entre sus socios, benefactores, entidades colaboradoras o figuras afines, una representación de la cadena de valor y de los agentes clave del clúster al que representa.

m) Aportar valor diferencial y no comportar la duplicación del mismo segmento económico respecto a otros clústeres.

n) Demostrar un mínimo de un año de histórico en tanto que clúster y presentar una cartera de proyectos y actividades realizadas alineadas con los retos estratégicos.

o) Estar enfocado principalmente a la mejora de la competitividad empresarial y no a actividades de representación y de lobby.

p) Contar con un órgano de administración representativo de la cadena de valor del clúster, con participación diversificada de esta cadena, y con administradores comprometidos con la organización que se impliquen y contribuyan activamente al desarrollo del clúster.

q) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 12/04/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7349
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento