Procedimiento para el desarrollo del programa de infraestructuras de telecomunicaciones en la Región de Murcia.

Código de ayuda:

S69946/09

Norma:

Orden de 6 de noviembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento para el desarrollo del Programa
de Infraestructuras de telecomunicaciones de la Región de Murcia y su finalidad es reducir la brecha digital entre el mundo urbano y rural de la Región de Murcia.

Para tal efecto se distinguirán tres grupos de proyectos susceptibles de recibir la presente ayuda:

Grupo 1: Servicios de comunicación electrónica (capilaridad).

Grupo 2: Conexión a redes troncales de gran capacidad.

Grupo 3: Proyectos piloto para servicios avanzados de telecomunicación.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de capital del crédito reembolsable será el 100% del coste subvencionable de los proyectos.

Características: Los créditos reembolsables tendrán un tipo de interés del 0% anual, con un plazo máximo de amortización de quince años que incluye tres años de carencia, con vencimientos anuales desde la fecha de pago del importe del capital del crédito reembolsable y cuotas iguales hasta el final del decimoquinto año.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas cuyo objeto social incluya la explotación de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de presentación de la solicitud de ayuda. Se integran en este concepto las sociedades mercantiles públicas, los entes públicos empresariales y los empresarios individuales, así como las agrupaciones o asociaciones empresariales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran costes subvencionables y por tanto financiables mediante un crédito reembolsable con bonificación de intereses los siguientes conceptos:

a) Gastos de personal dedicado al proyecto.

b) Aparatos y equipos dedicados al proyecto así como su instalación (equipos de transmisión y recepción, sistemas de cableado, sistemas de acceso, sistemas de enlaces, accesos FO,…).

c) Material fungible exclusiva y permanentemente destinado al proyecto.

d) Gastos de promoción y difusión de la acción

e) Infraestructuras y obra civil de red y acceso asociada a los proyectos (zanjas, canalizaciones, casetas, torretas, cables de FO, infraestructura de radiocomunicaciones, infraestructura de soporte para los equipos de alimentación y energía, sistemas de seguridad y protección,…).

Documentos asociados

Boletín: 11/11/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 261
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento