Prestaciones públicas por hijo/a a cargo destinadas a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar mediante la tarjeta «Bonus d’infància», para niños/as de 0 a 3 años.

Código de ayuda:

S04437/05

Norma:

Resolución de 7 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de prestaciones públicas por hijo/a a cargo destinadas a favorecer la conciliación entre la vida laboral y familiar a las familias con niños/as de 0 a 3 años, matriculados en guarderías o jardines de infancia públicos o privados, en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Las ayudas se incluyen en el apartado g) del artículo 1.2 de la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003 (BOIB nº137, de 2 de octubre).

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Presidencia y Deportes (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las personas beneficiarias que reúnen los requisitos recogidos en esta convocatoria perciben una prestación pública por un importe de trescientos euros (300,00 euros) por niño/a y año.
Si el/la menor pertenece a una familia numerosa o está afectado/a por una discapacidad reconocida oficialmente (mínimo de un 33%), la cuantía por niño/a y año es de cuatrocientos euros (400,00 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las unidades familiares residentes en las Illes Balears que tienen a su cargo niños/as menores de tres años, matriculados/as en guarderías o jardines de infancia públicos o privados.

Se entiende por unidad familiar la integrada por el padre y la madre, o por cualquiera de ellos, y sus hijos o hijas, con las siguientes consideraciones:
- Se consideran miembros de la unidad familiar el/la cónyuge o la persona que conviva maritalmente con el padre o la madre de los hijos, como también los hijos no comunes siempre que convivan con la familia y dependan de ella económicamente.
- A los efectos de esta convocatoria tienen la misma consideración que los padres la persona o las personas físicas que tengan a su cargo a los niños/las niñas en el momento de presentación de la solicitud, siempre que convivan y exista título legal suficiente.
- Se entiende por familia numerosa la que tiene esta condición de acuerdo con la legislación específica de aplicación.
- Se entiende por familia monoparental aquella familia con niños/as menores que conviven y dependen económicamente de uno de los dos progenitores.
- En los casos de separación o de divorcio, únicamente puede solicitar la prestación la persona que ejerce la guarda y custodia del/de la niño/a.
- El beneficiario perceptor de la ayuda es la persona que presenta la solicitud y ostenta la guarda y custodia del/de la niño/a.
En el caso de guarda y custodia compartida, sólo puede solicitar la ayuda uno/a de los que la ostenten.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Sin especificar.
Tener a su cargo niños/as menores de tres años, matriculados/as en guarderías o jardines de infancia públicos o privados.

Requisitos:

Para ser beneficiario/a de la prestación pública, la renta de la unidad familiar no puede superar la cantidad de 27.045,55 euros anuales.

Para las rentas iguales o superiores a 15.025,31 euros anuales, la renta se calcula dividiendo los ingresos totales por los coeficientes siguientes según el número total de miembros de la unidad familiar:
Hasta 3 miembros: 1
Hasta 4 miembros: 1,166
Hasta 5 miembros: 1,333
Hasta 6 miembros: 1,5
Hasta 7 miembros: 1,666
Hasta 8 miembros: 1,833
Hasta 9 miembros: 2
Hasta 10 miembros: 2,166

Por cada miembro de más se aumenta el coeficiente en 0,07.
En el caso de que uno de los miembros de la unidad familiar tenga la consideración de discapacitado/a, se aplica la ponderación correspondiente a un miembro más.

Documentos asociados

Boletín: 12/02/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 24
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento