Prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.

Código de ayuda:

S02855/18

Norma:

ORDEN FAM/6/2018, de 11 de enero. ORDEN FAM/547/2018, de 28 de mayo. ORDEN FAM/52/2019, de 28 de enero. ORDEN FAM/727/2021, de 10 de junio.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto regular la intensidad de protección de los servicios que forman parte del catálogo de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD); el régimen aplicable a las prestaciones económicas y determinadas medidas de apoyo de las personas cuidadoras. Asimismo, se regulan los criterios de valoración de la capacidad económica de las personas beneficiarias del sistema, a efectos de determinar la cuantía de las prestaciones económicas.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1. Las personas con situación de dependencia reconocida en alguno de los grados establecidos por la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y que reúnan los requisitos generales previstos en el artículo 5 de la citada Ley, podrán acceder a los servicios y prestaciones económicas recogidos en esta orden, cuando reúnan los requisitos específicos de acceso previstos para cada uno de ellos.

2. Podrán acceder a los servicios y prestaciones económicas que les correspondan por su grado de dependencia y para los que reúnan requisitos, aquellos menores adoptados que no cumplan el requisito previsto en el artículo 5.1.c) de la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, siempre que lo cumpla la persona adoptante.

3. Los menores tutelados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se encuentren en situación de acogimiento familiar y tengan reconocida la situación de dependencia, podrán ser beneficiarios de la prestación vinculada a servicios, a propuesta de la comisión de valoración prevista en el Decreto 131/2003 de 13 de noviembre, por el que se regula la acción de protección de los menores de edad en situación de riesgo o de desamparo. Esta comisión podrá proponer la prestación económica de cuidados en el entorno familiar cuando no proceda el acceso a un servicio, público o privado, y se reúnan
los requisitos para dicha prestación.

Documentos asociados

Boletín: 15/01/2018
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 10
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín: 01/06/2018
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 105
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 31/01/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 21
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 15/06/2021
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 114
Documento: Modificación Bases Descargar Documento