Prestaciones Sociales para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social.

Código de ayuda:

S27582/04

Norma:

Ordenanza 16/12/04.

Plazo de Solicitud:

segun convocatoria

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas económicas municipales para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social son un instrumento dentro de la intervención social, que tienen como finalidad prevenir la marginación y la exclusión social y favorecer la integración de las personas.
Están dirigidas a personas individuales o unidades familiares que carezcan de medios y en las que concurran factores de riesgo, siendo siempre un apoyo a la intervención social.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda económica, computando cualquiera otra por el mismo concepto otorgada por otra administración pública, cubrirá como máximo el 90% del coste del servicio que se subvenciona, debiendo el resto ser aportado por el beneficiario, excepto en situaciones de emergencia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas para sí o su unidad familiar que reúnan los requisitos siguientes:
1. Ser mayor de edad o menor emancipado.
2. Estar empadronado en el distrito donde se presente la solicitud. En las solicitudes a tramitar por los Centros del Área de Gobierno de Empleo y Servicios a la Ciudadanía, estar empadronado en el municipio de Madrid.
3. Acreditar la situación de necesidad.
4. Aportar la documentación exigida en cada caso.
5. Aceptación expresa, por parte del usuario, de las condiciones que figuren en el diseño de intervención social.

Se entiende por unidad familiar la formada por más de una persona cuyos miembros, además de convivir en el mismo domicilio, estén unidos por relación conyugal o análoga, adoptiva o de consanguinidad hasta segundo grado y afinidad en primer grado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas temporales de especial necesidad pueden ser para:
a. Comedor para Mayores.
b. Escuela Infantil.
c. Comedor Escolar.
d. Centro de Día para enfermos de Alzheimer.
e. Actividades preventivas de especial necesidad para menores en riesgo de exclusión.
f. Otras actuaciones con sectores de población o colectivos en riesgo de exclusión.

Las ayudas de emergencia pueden ser para:
a. Pago de necesidades básicas de alojamiento.
b. Cobertura de necesidades básicas: alimentos, medicinas, gafas, audífonos, enseres.
c. Alojamiento temporal para personas mayores.
d. Pequeños arreglos en vivienda habitual: cuando el arreglo se considere imprescindible para la permanencia en el domicilio y previo informe de la Sección Técnica de la Junta Municipal sobre la adecuación de las obras a realizar y su coste.
e. Otros gastos excepcionales, valorados por los Trabajadores Sociales como indispensables para prevenir la marginación y favorecer la normalización de individuos y familias.

Documentos asociados

Boletín: 16/12/2004
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5630
Documento: Ordenanza Reguladora Descargar Documento