Prestación económica de pago único por hijo menor a cargo para el año 2005.

Código de ayuda:

S07837/05

Norma:

Orden de 22 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases por las que se regirá la concesión de la prestación familiar por hijo menor a cargo así como la convocatoria de estas ayudas para este año.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

- Aquellas personas que tengan a su cargo hijos menores de tres años el 31 de diciembre de 2004 y que, por razón de los ingresos obtenidos durante el año 2003, ni ellas ni ninguno de los miembros de la unidad familiar estuvieran obligadas a presentar la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondiente a este período.

- En el caso de hijos adoptados o acogidos entre el 31 de diciembre de 2003 y el 31 de diciembre de 2004, la prestación se podrá conceder durante los tres años posteriores a la fecha de la inscripción de la adopción o del acogimiento en el registro civil. Cuando no sea necesaria la inscripción, la prestación se podrá conceder a partir de la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.

- En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el beneficiario de la prestación será el padre/madre que tenga la custodia de los hijos, de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia de separación o divorcio.

- Los extranjeros que residan en Galicia podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan las condiciones de la Ley orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y los requisitos establecidos en la presente norma y tuviesen la condición de contribuyentes a los efectos de lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del Real decreto 3/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La prestación consistirá en un pago único por cada hijo menor que el solicitante tenga a su cargo.

La cuantía de la prestación será de 360 euros por cada uno de los hijos menores que los beneficiarios tengan a su cargo, sin que el mismo hijo pueda dar lugar a más de una prestación en virtud de la presente convocatoria.

Requisitos:

- Que los padres tengan su residencia habitual en la Comunidad Autónoma gallega.
- Que en la fecha de la solicitud los niños convivan con el solicitante.

Documentos asociados

Boletín: 02/03/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 42
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento