Premios Reina Letizia 2015, de Accesibilidad Universal de Municipios.

Código de ayuda:

S20728/15

Norma:

Resolución de 1 de abril de 2015. Orden TAS/2013/2007, de 28 de junio. Orden SAS/2006/2009, de 20 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/06/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Recompensar a los municipios que han desarrollado una labor continuada, llevada a cabo en un periodo de tiempo no inferior a cinco años, en el campo de accesibilidad universal de las personas con discapacidad al medio físico, la educación, el ocio, la cultura, el deporte, el transporte, el turismo y las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, programado y evaluado cuyos resultados merezcan esta distinción.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Premios

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los Premios Reina Letizia 2015, de Accesibilidad Universal de Municipios dispondrán para los Ayuntamientos de España de una dotación máxima de 45.000 euros, que será financiada al 50 por 100 por el Real Patronato sobre Discapacidad y por la Fundación ACS.

El importe para cada una de las categorías establecidas en el apartado segundo, punto 1 de la presente Resolución, quedará distribuido de la siguiente forma:

a) Ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes: 15.000 euros.

b) Ayuntamientos entre 10.001 y 100.000 habitantes: 15.000 euros.

c) Ayuntamientos de 100.001 habitantes en adelante: 15.000 euros.

2. Los Premios Reina Letizia 2015, de Accesibilidad Universal de Municipios dispondrán para los Ayuntamientos Latinoamericanos de una dotación máxima de 30.000 euros, que será financiada por el Real Patronato sobre Discapacidad con 10.000 euros y por la Fundación ACS y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), con 20.000 euros, financiado al 50 por 100 por ambas entidades.

El importe para cada una de las categorías establecidas en el apartado segundo, punto 2 de la presente Resolución, quedará distribuido de la siguiente forma:

a) Ayuntamientos de hasta 100.000 habitantes: 15.000 euros.

b) Ayuntamientos de 100.001 habitantes en adelante: 15.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán concurrir a estos Premios todos los Ayuntamientos de España en las siguientes categorías:

a) Ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes.

b) Ayuntamientos entre 10.001 a 100.000 habitantes.

c) Ayuntamientos de 100.001 habitantes en adelante.

2. Podrán igualmente concurrir a estos Premios todos los Ayuntamientos (Alcaldías) Latinoamericanos en las siguientes categorías:

a) Ayuntamientos (Alcaldías) de hasta 100.000 habitantes.

b) Ayuntamientos (Alcaldías) de 100.001 habitantes en adelante.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La accesibilidad universal de las personas con discapacidad al medio físico, la educación, el ocio, la cultura, el deporte, el transporte, el turismo y las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, programado y evaluado cuyos resultados merezcan esta distinción.

Requisitos:

Los solicitantes no deben estar incursos en ninguna de las circunstancias reguladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 161
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/07/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 178
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 28/04/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 101
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento