Premios Nacionales de Medio Ambiente 2005.
Código de ayuda:
S14491/05Norma:
Orden MAM/872/2005, de 1 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/05/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Con el carácter de Premios Nacionales de Medio Ambiente 2005 se convocan los siguientes premios y se aprueban las normas que regulan su concesión:a) Premio Nacional «Lucas Mallada de Economía y Medio Ambiente»: será concedido a aquella persona física o jurídica de cualquier naturaleza o clase, cuya labor creadora, de investigación o de difusión haya representado una contribución importante para el estudio y caracterización de los vínculos que unen a la Economía con el medio ambiente en España.
b) Premio Nacional de «Conservación de la Naturaleza»: será concedido a aquella persona física o jurídica de cualquier naturaleza o clase, cuya labor creadora, de investigación o de difusión haya representado una contribución importante para la conservación de la fauna o flora de España.
c) Premio Nacional de «Periodismo Ambiental»: será concedido a aquella persona física o jurídica de cualquier naturaleza o clase que, en cualquier medio de comunicación, haya realizado una labor periodística relevante en la divulgación del conocimiento y en la defensa de los valores ambientales de España.
Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Medio Ambiente ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Los Premios Nacionales de Medio Ambiente estarán dotados, cada uno de ellos, con una cantidad en metálico de veintiún mil euros (21.000 €).2. En el caso de que resulten dos o más premiados, en alguna de las modalidades que se convocan, se dividirá la cuantía del Premio entre ellos, a partes iguales.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Las candidaturas de los posibles beneficiarios, deberán ser presentadas por personas distintas a los candidatos, en el caso de las personas físicas y, en el caso de entidades jurídicas, por personas que no sean administradores o formen parte de la Comisión Ejecutiva de la entidad o de cualquiera de los órganos de Dirección de la misma.2. Sólo podrá presentarse candidaturas para una única modalidad de los Premios. En el caso de que un posible beneficiario fuere presentado en más de una modalidad, por más de un solicitante, se admitirá únicamente la que haya sido presentada primero en el registro.
Documentos asociados
Boletín:
07/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 83
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 83
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín:
08/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 84
Documento: Corrección de Solicitud Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 84
Documento: Corrección de Solicitud Descargar Documento