Premios Emakunde.- Convocatoria 2005.

Código de ayuda:

S33364/05

Norma:

Resolución de 19 de mayo de 2005. Decreto 89/1997, de 22 de abril.

Plazo de Solicitud:

Antes de las 12:00 horas del día 30 de septiembre de 2005.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan los Premios Emakunde para el año 2005 dirigidos a los siguientes ámbitos: Medios de Comunicación (Prensa, Radio y Audiovisuales); Educativo; Deportivo y Publicidad.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Entidades y profesionales de los medios de comunicación escritos o personas autoras de artículos y reportajes que se hayan publicado en revistas o diarios del ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

- Emisoras de radio y profesionales de aquellos programas y/o espacios radiofónicos, que traten temas relacionados con los objetivos de la convocatoria, y que sean emitidos por emisoras radicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

- Agencias de información, publicidad, emisoras de televisión, empresas cinematográficas, y productoras audiovisuales, así como profesionales de las anteriores.

También lo podrán hacer profesionales autónomas o autónomos siempre que sus trabajos hayan sido difundidos de modo público.

Igualmente podrán optar a los Premios personas profesionales que realicen su labor en programas habituales de televisión y que traten temas relacionados con esta convocatoria.

- Las personas, grupos de personas, o entidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi que hayan elaborado materiales coeducativos con fines pedagógicos, y que favorezcan la superación de actitudes y comportamientos estereotipados, contribuyendo a modificar los contenidos formativos discriminatorios.

- Las entidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi que contribuyan a fomentar las presencia activa de las mujeres en las actividades deportivas, incentivando y trabajando a favor de su participación en todos los ámbitos del deporte, en sus diferentes categorías.

- Las agencias, empresas publicitarias y/o personas profesionales autónomas vinculadas a la creación publicitaria, con domicilio en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que hayan realizado campaña/s o anuncio/s donde se refleje un cambio en los estereotipos y en los roles tradicionales asignados a mujeres y hombres, así como mensajes que promuevan una participación activa de las mujeres en todos los ámbitos de la sociedad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las realizadas en los siguientes ámbitos:

Ámbito medios de comunicación.

1.– Prensa.

2.– Radio.

3.– Medios audiovisuales.

Ámbito educativo.

Ámbito Deportivo.

Publicidad.





Documentos asociados

Boletín: 13/05/1997
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 89
Documento: Decreto 89/1997, de 22 de abril. Descargar Documento
Boletín: 13/06/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 110
Documento: Bases y Convocatoria 2005. Descargar Documento