Premios Emakunde.- Convocatoria 2005.
Código de ayuda:
S33364/05Norma:
Resolución de 19 de mayo de 2005. Decreto 89/1997, de 22 de abril.Plazo de Solicitud:
Antes de las 12:00 horas del día 30 de septiembre de 2005.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convocan los Premios Emakunde para el año 2005 dirigidos a los siguientes ámbitos: Medios de Comunicación (Prensa, Radio y Audiovisuales); Educativo; Deportivo y Publicidad.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
- Entidades y profesionales de los medios de comunicación escritos o personas autoras de artículos y reportajes que se hayan publicado en revistas o diarios del ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.- Emisoras de radio y profesionales de aquellos programas y/o espacios radiofónicos, que traten temas relacionados con los objetivos de la convocatoria, y que sean emitidos por emisoras radicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Agencias de información, publicidad, emisoras de televisión, empresas cinematográficas, y productoras audiovisuales, así como profesionales de las anteriores.
También lo podrán hacer profesionales autónomas o autónomos siempre que sus trabajos hayan sido difundidos de modo público.
Igualmente podrán optar a los Premios personas profesionales que realicen su labor en programas habituales de televisión y que traten temas relacionados con esta convocatoria.
- Las personas, grupos de personas, o entidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi que hayan elaborado materiales coeducativos con fines pedagógicos, y que favorezcan la superación de actitudes y comportamientos estereotipados, contribuyendo a modificar los contenidos formativos discriminatorios.
- Las entidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi que contribuyan a fomentar las presencia activa de las mujeres en las actividades deportivas, incentivando y trabajando a favor de su participación en todos los ámbitos del deporte, en sus diferentes categorías.
- Las agencias, empresas publicitarias y/o personas profesionales autónomas vinculadas a la creación publicitaria, con domicilio en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que hayan realizado campaña/s o anuncio/s donde se refleje un cambio en los estereotipos y en los roles tradicionales asignados a mujeres y hombres, así como mensajes que promuevan una participación activa de las mujeres en todos los ámbitos de la sociedad.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las realizadas en los siguientes ámbitos:Ámbito medios de comunicación.
1.– Prensa.
2.– Radio.
3.– Medios audiovisuales.
Ámbito educativo.
Ámbito Deportivo.
Publicidad.
Documentos asociados
Boletín:
13/05/1997
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 89
Documento: Decreto 89/1997, de 22 de abril. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 89
Documento: Decreto 89/1997, de 22 de abril. Descargar Documento
Boletín:
13/06/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 110
Documento: Bases y Convocatoria 2005. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 110
Documento: Bases y Convocatoria 2005. Descargar Documento