Planes de reestructuración y reconversión del viñedo.
Código de ayuda:
S04291/05Norma:
ORDEN de 25 enero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/04/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La determinación de las condiciones y el procedimiento para la solicitud tramitación y concesión de ayudas destinadas a los viticultores que reestructuren y/o reconviertan sus viñedos destinados a la producción de uva de vinificación, ubicados en el ámbito territorial de Aragón, dentro del régimen de reestructuración y reconversión del viñedo contemplado en el Capítulo III del Título II del Reglamento (CE) 1493/1999.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Agricultura y Alimentación (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se podrán conceder ayudas para:a) Compensar a los productores participantes en el plan por la pérdida de ingresos derivados de la aplicación del mismo.
b) Participar en los costes de reestructuración y reconversión del viñedo.
Las ayudas para la compensación de la pérdida de ingresos de acuerdo con lo especificado en el artículo 26, punto 5, del
Real Decreto 1472/2000, para los planes que se aprueben correspondientes a esta convocatoria se establecen en las cantidades siguientes: provincia de Huesca: 764 euros/ha por campaña; provincia de Teruel: 294 euros/ha por campaña y
provincia de Zaragoza: 360 euros/ha por campaña.
En el caso de arranque y posterior plantación, la opción de acogerse a percibir la ayuda por pérdida de ingresos, puede
sustituirse por autorizar al viticultor afectado a que coexistan las vides viejas y nuevas durante un periodo de dos años, para
lo cual será necesario la aportación de un aval de 12.020 euros/ ha.
Finalizado este periodo, obligatoriamente tienen que proceder al arranque de las viñas viejas.
El aval se constituirá en el respectivo Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación correspondiente a la ubicación de la parcela de la nueva plantación, según el modelo del Anejo II.
El importe de las ayudas a los costes de reestructuración y/o reconversión podrá alcanzar como máximo el 50% de las cantidades máximas subvencionables especificadas en el Anejo I.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los viticultores que reestructuren y/o reconviertan sus viñedos destinados a la producción de uva de vinificación, ubicados en el ámbito territorial de Aragón, en el marco de un plan colectivo, aprobado por el Departamento de Agricultura y Alimentación, que tenga, como objetivos principales, adecuar su producción a la demanda del mercado y/o establecer una mejora sustancial en la estructura y la gestión de su explotación, sin que por ello, en la superficie total afectada por el plan, se incremente el potencial productivo.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La reconversión varietal, incluida la efectuada mediante sobreinjertos.b) La reimplantación de viñedos.
c) Las mejoras técnicas de gestión de viñedos relacionadas con el objetivo del régimen.
No podrán acogerse a este régimen de ayudas:
a) La renovación normal de los viñedos que hayan llegado al final de su vida natural, entendiéndose a estos efectos por
renovación normal de un viñedo la replantación de la misma parcela de tierra, con la misma variedad de vid y con arreglo al mismo sistema de cultivo.
b) Las acciones u operaciones que se hayan beneficiado de ayudas, tanto comunitarias como nacionales, en los últimos diez años.
c) La renovación de viñedos que hayan sido plantados en virtud de una concesión de nuevas plantaciones de las previstas en el artículo 2 del Real Decreto 1472/2000, hasta pasadosdiez años desde dicha concesión.
d) Los viñedos cuyos titulares no tengan regularizadas la totalidad de las parcelas de su explotación conforme a lo previsto en la normativa vigente.
e) Las acciones u operaciones que se realicen en superficies vitícolas que se hayan incluido con anterioridad en otros planes de reestructuración y reconversión del viñedo, acogidos al Reglamento (CE) 1493/1999, del Consejo.
Documentos asociados
Boletín:
11/02/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 19
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 19
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento