Planes de reestructuracion y reconversion de viñedos en la Comunidad de Castilla y Leon y se convocan ayudas para la campaña viticola 2013/2014.

Código de ayuda:

S00128/14

Norma:

ORDEN AYG/1106/2013, de 18 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 22 de enero de 2014.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación de los planes de reestructuración y reconversión (o, simplemente, planes) de viñedos destinados únicamente a la producción de uvas de vinificación en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, y se convocan ayudas para la campaña vitícola 2013/2014.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los viticultores que se integren en un plan colectivo o presenten un plan individual.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– La reimplantación de viñedos.

– La reconversión varietal del viñedo.

– La mejora de las técnicas de gestión de la explotación.

Requisitos:

– Deben cumplir con la normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo para cualquiera de las superficies de viñedo de su explotación.

– Deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

– No podrán incurrir en ninguna de las demás circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

– Para que el viticultor pueda justificar trabajos propios para la realización de las operaciones que así lo permitan, durante el periodo de realización de las mismas deberá:

• Disponer de la maquinaria propia necesaria para la realización de las mismas, y, en aquellos casos que su registro sea obligatorio, deberá estar inscrita a nombre del solicitante en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.

• Si el solicitante es:

• Persona física: Cotizar en la seguridad social agraria por cuenta propia.

• Persona jurídica: Incluir en su objeto social las actividades agrarias incluidas en la presente convocatoria y tener contratado al menos un trabajador en la actividad agraria.

Documentos asociados

Boletín: 03/01/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 2
Documento: Bases, Convocatoria 2013/2014 y Anexos. Descargar Documento