Planes de formacion, dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados.- Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S63882/08Norma:
ORDEN 2816/2008, de 2 de octubre. ORDEN 2296/2009, de 27 de agosto. Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo. ORDEN 3024/2010, de 3 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/10/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las normas para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados, mediante la suscripción de convenios de ámbito regional.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración. (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En ningún caso el importe de las subvenciones podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Para la ejecución de planes de formación intersectoriales, las Organizaciones empresariales y sindicales intersectoriales de ámbito regional representativas en la Comunidad de Madrid, y las organizaciones territoriales de carácter intersectorial integradas en las anteriores.b) Para la ejecución de planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a los colectivos de trabajadores y socios de la economía social, siempre que aporten actividad económica, las asociaciones, confederaciones y federaciones de cooperativas y/o sociedades laborales y las organizaciones representativas de la economía social, todas ellas de carácter intersectorial, con ámbito territorial específico e implantación en la Comunidad de Madrid.
c) Para la ejecución de planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente al colectivo de autónomos, las asociaciones representativas de trabajadores autónomos de carácter intersectorial con ámbito territorial específico e implantación en la Comunidad de Madrid, así como las organizaciones contempladas en el artículo 21.5 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, con representatividad en dicho ámbito. En los planes de autónomos de carácter sectorial, las asociaciones de autónomos de carácter sectorial con ámbito territorial específico e implantación en la Comunidad de Madrid.
d) Para la ejecución de planes de formación sectoriales, las siguientes organizaciones empresariales y sindicales:
- Las entidades creadas al amparo de la negociación colectiva sectorial en la Comunidad de Madrid. En los planes formativos dirigidos a sectores que carecen de convenio colectivo sectorial con ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y a los que, en consecuencia, es de aplicación el correspondiente convenio colectivo de ámbito nacional, podrán participar las entidades creadas al amparo de este convenio, si tienen sede y ejercen actividad en la Comunidad de Madrid.
- Las organizaciones empresariales o sindicales representativas del correspondiente sector de actividad en la Comunidad de Madrid.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La ejecución de los siguientes tipos de planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados:a) Planes de formación intersectoriales.
b) Planes de formación intersectoriales que incorporen a trabajadores y socios de la economía social que aporten actividad económica.
c) Planes de formación dirigidos a trabajadores autónomos, que podrán ser sectoriales e intersectoriales.
d) Planes de formación sectoriales.
Documentos asociados
Boletín:
18/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Orden TAS 18/2008 Descargar Documento
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Boletín:
06/10/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 238
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
03/09/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 203
Documento: Modificación de bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento
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Boletín:
09/09/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 216
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
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