Plan de fomento, durante el año 2006, de determinados seguros agrarios en la Comunidad de Madrid.
Código de ayuda:
S21346/06Norma:
ORDEN 2652/2006, de 26 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/12/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular y convocar para el ejercicio 2006 las ayudas dirigidas al fomento de determinados seguros agrarios en la Comunidad de Madrid.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El límite máximo de la subvención concedida por la Comunidad de Madrid, sumada a la concedida por ENESA, no podrá sobrepasar el 70 por 100 del coste, excepto el Seguro de Encefalopatía Espongiforme Bovina y el Seguro para la cobertura de los gastos derivados de la Destrucción de Animales bovinos y no bovinos muertos en la explotación, que podrá alcanzar el 80 por 100.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Serán beneficiarios de las ayudas los titulares de explotaciones agrarias cuyas parcelas o cabezas de ganado se encuentran ubicadas en el territorio de la Comunidad de Madrid.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La Comunidad de Madrid concederá subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva al pago de las primas de los asegurados que suscriban los seguros correspondientes a las líneas de seguro que se detallan en el artículo 4 de esta Orden.Requisitos:
Las pólizas que se acogerán a esta Orden serán las realizadas exclusivamente por las entidades aseguradoras incluidas en “Agroseguro” o a través de los agentes de seguros autorizados, todo ello en la forma legalmente establecida.La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro tendrá la consideración de solicitud de la subvención.
Dicha solicitud se considerará como tal si se realiza dentro de los períodos de suscripción establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y se cumplimentan correctamente los distintos apartados o haya sido subsanada, en su caso, por la Agrupación de Entidades Aseguradoras, tanto en lo que se refiere
a los elementos del contrato, de acuerdo con lo previsto al respecto por la normativa aplicable, como en lo relativo a todos los datos necesarios para la determinación de la subvención correspondiente a la póliza suscrita.
Documentos asociados
Boletín:
04/07/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 157
Documento: Bases y Convocatoria 2006 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 157
Documento: Bases y Convocatoria 2006 Descargar Documento