Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S44819/15

Norma:

Decreto 213/2015, de 27/10/2015. Decreto 81/2016, de 27/12/2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2017

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. El objeto del presente decreto es aprobar el Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, regulando un conjunto de programas de formación y de empleo, de carácter urgente y extraordinario, para atender de forma inmediata a las situaciones de emergencia de nuestro mercado de trabajo, a fin de ofrecer oportunidades ciertas e inmediatas de empleo y formación a personas desempleadas de la región, en especial a las que tienen más dificultades en obtener un puesto de trabajo.

La finalidad del Plan consiste en acelerar el acceso a un primer empleo de calidad a las personas jóvenes desempleadas de Castilla-La Mancha, dando respuestas adecuadas a su nivel de cualificación, así como a ofrecer una oportunidad de empleo a las personas que sufren el paro de larga duración, aquellas que han agotado su protección por desempleo y a las de mayor edad.

2. A tal efecto, el Plan se articula en dos grandes ejes, dentro de los que se incluyen las siguientes líneas de ayudas:

a) Programa de iniciativa para el empleo y la cualificación joven:

1º. Ayudas para la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje para jóvenes sin cualificación.

2º. Ayudas para la formalización de contratos en prácticas “contratos puente”.

3º. Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje y de los contratos en prácticas.

b) Programa de rescate frente al desempleo de larga duración:

1º. Plan de empleo para las personas que han agotado su protección por desempleo.

2º. Programa Garantía +55 años.

3. Al mismo tiempo, para las personas contratadas a través de contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas y para las personas mayores de 55 años, se ofrece la posibilidad de ayudas para el establecimiento por cuenta propia.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de trabajadores con las condiciones establecidas en el presente decreto.

Los colectivos destinatarios del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, que deberán cumplir los requisitos que para cada línea de ayudas determine su normativa específica, son:

a) Personas jóvenes en situación de desempleo, con o sin cualificación profesional, siendo prioritarios los inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

b) Personas desempleadas de larga duración, entendiéndose como tal, a los efectos de las ayudas que se contemplan en el Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, aquéllas que hayan estado inscritas como demandantes de empleo no ocupados durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha de su incorporación al programa, que se producirá con la preselección por parte de las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.

c) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género, de acuerdo con la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

La selección de este colectivo será priorizada en las distintas líneas de subvención, cumpliendo con los requisitos establecidos en cada una de ellas.

d) Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

e) Para el Plan de empleo para las personas que han agotado su protección por desempleo, también se permite con carácter excepcional participar en estas líneas de ayuda a otras personas desempleadas, inscritas con plena disponibilidad en cualquiera de las oficinas de empleo de Castilla la Mancha siempre que no existan personas desempleadas pertenecientes a los colectivos indicados en los apartados anteriores.

f) Personas que se encuentren en riesgo de exclusión social.

g) Personas desempleadas que perciban el subsidio de mayores de 55 años.

Documentos asociados

Boletín: 30/10/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 213
Documento: Programa / Plan Descargar Documento
Boletín: 30/12/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 253
Documento: Programa / Plan 2017 Descargar Documento
Boletín: 19/01/2017
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 13
Documento: Corrección errores Programa / Plan 2017 Descargar Documento