Pagos directos a la agricultura y la ganaderia y otros regimenes de ayuda, asi como sobre la gestion y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

Código de ayuda:

S09082/15

Norma:

ORDEN 5/2015, de 27 de febrero. Resolución del 26 de enero de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la ayudas contenidas en la Solicitud Única, que forman parte del sistema integrado de gestión y control o bien están relacionados con el desarrollo rural. Convocar las ayudas incluidas en la solicitud única de la PAC para la campaña 2022.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El pago de las ayudas directas de la PAC se efectuará por un importe global máximo de 106.270.000 euros. El pago de las ayudas al desarrollo rural se efectuará por un importe global máximo de 28.276.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Titulares de explotaciones agrarias que cumplan los requisitos de la Orden 5/2015, de 27 de febrero, de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se establecen las bases
reguladoras aplicables al conjunto de pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Un pago básico a los agricultores según lo establecido en el artículo 13 y siguientes del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural (en adelante Real Decreto 1075/2014, de 19 diciembre).

b) Un pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente según lo establecido en el artículo 17 y siguientes del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

c) Un pago complementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola según lo establecido en el artículo 25 y siguientes del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

d) Un régimen de ayuda asociada voluntaria relativo a los siguientes cultivos:

1.º. Arroz según lo establecido en el artículo 30 y siguientes del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

2.º. Cultivos proteicos según lo establecido en el artículo 34 y siguientes del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

3.º. Frutos de cáscara y las algarrobas según lo establecido en el artículo 38 y siguientes del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

4.º. Legumbres de calidad según lo establecido en el artículo 41 y siguientes del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

5.º. Remolacha azucarera según lo establecido en el artículo 45 y siguientes del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

6.º. Tomate para industria según lo establecido en el artículo 48 y siguientes del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

7º. Pago específico al cultivo del algodón según lo establecido en el artículo 53 y siguientes del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

e) Un régimen de ayuda asociada voluntaria relativo a los siguientes sectores ganaderos conforme a lo establecido en los artículos 58 y siguientes del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre:

1.º. Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.

2.º. Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.

3.º. Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.

4.º. Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.

5.º. Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.

6.º. Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

7º. Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

8º. Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

f) Ayudas de agroambiente y clima.

g) Ayuda a la agricultura ecológica.

h) Pagos a zonas de montaña y con limitaciones naturales.

Documentos asociados

Boletín: 04/03/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7478
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/02/2022
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9268
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 01/02/2022
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9268
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