Ayudas para los estudiantes que inician por primera vez los estudios universitarios de grado en el curso 2014-2015, en una universidad catalana para promover la formacion y la acreditacion de las terceras lenguas.

Código de ayuda:

S02600/15

Norma:

RESOLUCIÓN ECO/2980/2014, de 23 de diciembre. RESOLUCIÓN ECO/737/2015, de 10 de abril. RESOLUCIÓN ECO/1849/2015, de 30 de julio.

Plazo de Solicitud:

Consultar según modalidad.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y abrir la convocatoria de ayudas para los estudiantes que inician por primera vez sus estudios universitarios de grado, en el curso 2014-2015, en una universidad catalana, para promover la formación y la acreditación de las terceras lenguas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

-Modalidad A: El importe de la ayuda será de 50,00 euros.

-Modalidad B: El importe de la ayuda será de un máximo de 350,00 euros por nivel o subnivel (entendidos como nivel el B1, y como subniveles el B2.1 y el B2.2). Esta ayuda se establecerá en función del importe de los cursos y en ningún caso podrá superar el importe total de los cursos o módulos realizados que comprenden un nivel o subnivel.

-Modalidad C: El importe de la ayuda será de un máximo de 350,00 euros por nivel o subnivel (entendidos como niveles el A2 y el B1, y como subniveles el B2.1 y el B2.2), que se abonará al estudiante una vez resuelta la convocatoria y antes de iniciar el curso de lenguas. Esta ayuda se establecerá en función del importe de los cursos y en ningún caso podrá superar el importe total de los cursos o módulos realizados que comprenden un nivel o subnivel.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los estudiantes que cumplan los requisitos establecidos para cada modalidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

-Modalidad A: ayudas para sufragar los gastos de la matrícula en la prueba de acreditación a los estudiantes que inician por primera vez estudios de grado en el curso 2014-2015, en una universidad catalana, se hayan presentado a la prueba común de acreditación de terceras lenguas de las universidades catalanas (CLUC) durante este curso, y la hayan superado con un nivel de conocimientos de B2 (entendido como B2.2), de acuerdo con el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MECR).

-Modalidad B: ayudas para sufragar los gastos de la matrícula de cursos de terceras lenguas del sistema educativo catalán que permitan alcanzar el nivel B1 o los subniveles B2.1 o B2.2 del MECR, certificados por las universidades catalanas, la Escuela Oficial de Idiomas (EOI) o el Instituto Abierto de Cataluña (IOC), a los estudiantes que inician por primera vez estudios de grado en el curso 2014-2015 en una universidad catalana y no tienen acreditado el nivel B2 (entendido como B2.2).

-Modalidad C: ayudas para hacer cursos de terceras lenguas del sistema educativo catalán que permitan alcanzar los niveles A2 o B1, o los subniveles B2.1 o B2.2 del MECR, certificados por las universidades catalanas, la EOI o el IOC, a los estudiantes que inician por primera vez estudios de grado en el curso 2014-2015 en una universidad catalana y no tienen acreditado el nivel B2 (entendido como B2.2), y tienen concedida una beca en el marco de la Resolución ECO/1693/2014, de 16 de julio, por la que se establece el procedimiento para la obtención de la acreditación del tramo de renta familiar y de las becas Equidad para la minoración de los precios de los créditos de los estudios universitarios para el curso 2014-2015 (Equidad 2014)en un tramo 1, o una beca en el marco de la Resolución de 28 de julio de 2014, por la que se convocan becas de carácter general para el curso 2014-2015 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, convocada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (GRAL 2014).

Requisitos:

-Modalidad A:

a) Haber iniciado por primera vez, en el curso 2014-2015, estudios de grado en una universidad
catalana.

b) Acreditar la superación de la prueba de acreditación de terceras lenguas de las universidades catalanas (CLUC) con un nivel B2.2, del MECR, en una de las lenguas del sistema universitario catalán (inglés, francés, alemán o italiano). Esta prueba de acreditación debe haber sido realizada en el periodo indicado en la base 3 de este apartado.

c) Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea o, en caso del alumnado no comunitario, es de aplicación lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y, por tanto, se requiere que los estudiantes mayores de 18 años se encuentren en situación de residencia.

Además, las personas beneficiarias, en su caso, deberán cumplir las obligaciones siguientes:
a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

b) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

c) Presentar declaración sobre si se han solicitado y/u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

d) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

e) Cumplir la finalidad de la subvención mediante la realización de la actividad subvencionada en el plazo que determinen estas bases.

La acreditación de estos requisitos se realizará mediante la correspondiente declaración acreditativa o la declaración responsable que se incorporará en el formulario de solicitud.

-Modalidad B:

a) Haber iniciado por primera vez, en el curso 2014-2015, estudios de grado en una universidad catalana.

b) No tener acreditado el nivel B2.2 del MECR en ninguna de las terceras lenguas del sistema educativo catalán (inglés, francés, alemán o italiano).

c) Haber realizar y superado un curso de idiomas de nivel B1, B2.1 o B2.2 del MECR, en una universidad catalana, en una EOI o en el IOC, en el curso 2014-2015. En el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2014 y el 15 de febrero de 2016.

d) Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea o, en caso del alumnado no comunitario, es de aplicación lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y, por tanto, se requiere que los estudiantes mayores de 18 años se encuentren en situación de residencia.

Además, las personas beneficiarias, en su caso, deberán cumplir las obligaciones siguientes:

a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

b) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

c) Presentar declaración sobre si se han solicitado y/u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

d) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

e) Cumplir la finalidad de la subvención mediante la realización de la actividad subvencionada en el plazo que determinen estas bases.

-Modalidad C:

a) Haber iniciado por primera vez, en el curso 2014-2015, estudios de grado en una universidad catalana.

b) No tener acreditado el nivel B2.2 del MECR en ninguna de las terceras lenguas del sistema educativo catalán (inglés, francés, alemán o italiano).

c) Estar matriculado en un curso de idiomas de nivel A2, B1, B2.1 o B2.2 del MECR, en una universidad catalana, en una EOI o en el IOC, en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2014 y el 15 de febrero de 2016.

d) Tener concedida una beca Equidad 2014 en tramo 1, o una beca GRAL 2014.

e) Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea o, en caso del alumnado no comunitario, es de aplicación lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y, por tanto, se requiere que los estudiantes mayores de 18 años se encuentren en situación de residencia.

Además, las personas beneficiarias, en su caso, deberán cumplir las obligaciones siguientes:

a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

b) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

c) Presentar declaración sobre si se han solicitado y/u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

d) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

e) Cumplir la finalidad de la subvención mediante la realización de la actividad subvencionada en el plazo que determinen estas bases.

Documentos asociados

Boletín: 19/01/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6791
Documento: Bases y Convocatoria 2014/2015. Descargar Documento
Boletín: 20/04/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6854
Documento: Modificación Plazos. Descargar Documento
Boletín: 07/08/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6930
Documento: Modificación Descargar Documento