Modificación de las bases de las Subvenciones para el fomento del empleo.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S35291/12Norma:
Valga, 23 de agosto de 2012. Valga, 12 de febrero de 2015.Plazo de Solicitud:
La finalización del plazo de presentación de solicitudes tendrá lugar una vez agotado el crédito previsto.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo por cuenta ajena, a tiempo completo o a media jornada, en cualquiera de las modalidades contractuales vigentes, tanto de duración indefinida como temporal, con una duración contractual mínima de 6 meses, en los centrosde trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de personas desempleadas (y en esta situación durante un período mínimo de seis meses) y empadronadas en el Ayuntamiento de Valga con una antigüedad mínima de tres meses.
Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Valga (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste del gasto realizado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y jurídicas de carácter privado, cuyos centros de trabajo están radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia y que formalicen los contratos de trabajo por un período mínimo de 6 meses con trabajadorespor cuenta ajena desempleados/as del Ayuntamiento de Valga, que deben contar con los requisitos establecidos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El fomento del empleo.Requisitos:
Llevar empadronados en el municipio un mínimo de 3 meses en el momento de lasolicitud de la subvención.
• Que se encuentren desempleados/as durante un período mínimo de 6 meses en el momento de la solicitud de la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
21/09/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 181
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 181
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
16/03/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 51
Documento: Modificación Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 51
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