Modificación de las bases de las Subvenciones para el fomento del empleo.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S35291/12

Norma:

Valga, 23 de agosto de 2012. Valga, 12 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

La finalización del plazo de presentación de solicitudes tendrá lugar una vez agotado el crédito previsto.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo por cuenta ajena, a tiempo completo o a media jornada, en cualquiera de las modalidades contractuales vigentes, tanto de duración indefinida como temporal, con una duración contractual mínima de 6 meses, en los centros
de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de personas desempleadas (y en esta situación durante un período mínimo de seis meses) y empadronadas en el Ayuntamiento de Valga con una antigüedad mínima de tres meses.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Ayuntamiento de Valga (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste del gasto realizado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas de carácter privado, cuyos centros de trabajo están radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia y que formalicen los contratos de trabajo por un período mínimo de 6 meses con trabajadores
por cuenta ajena desempleados/as del Ayuntamiento de Valga, que deben contar con los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El fomento del empleo.

Requisitos:

Llevar empadronados en el municipio un mínimo de 3 meses en el momento de la
solicitud de la subvención.

• Que se encuentren desempleados/as durante un período mínimo de 6 meses en el momento de la solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 21/09/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 181
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 16/03/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 51
Documento: Modificación Descargar Documento