Modificación de las bases de las Subvenciones en materia de deporte.

Código de ayuda:

S18828/14

Norma:

ORDEN de 24 de abril de 2014. ORDEN de 26 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en materia de Deporte.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades deportivas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Las Federaciones Deportivas y Clubes Deportivos aragoneses inscritos en el Registro de Asociaciones Deportivas Aragonesas.

b) Los Ayuntamientos y Comarcas aragonesas.

c) Los Clubes deportivos aragoneses inscritos en el Registro General de Asociaciones Deportivas de Aragón.

d) Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

a) Los deportistas aragoneses de alto rendimiento no profesionales, con reconocimiento en vigor conforme a la normativa reguladora del Deporte Aragonés de Alto Rendimiento, siempre y cuando la suma de los ingresos derivados de su actividad deportiva, con independencia de su procedencia, no supere las cantidades establecidas en la convocatoria correspondiente.

b) Los entrenadores aragoneses oficiales de los deportistas que reúnan los requisitos establecidos en el apartado anterior, siempre que tengan su vecindad administrativa en Aragón y licencia deportiva en vigor expedida por la Federación Deportiva aragonesa correspondiente.

e) Las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos (AMPAS) legalmente constituidas de los Centros Educativos de Infantil, Primaria, E.S.O., Bachillerato y Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayudas para la construcción, remodelación y equipamiento de instalaciones deportivas y refugios de montaña de titularidad federativa o de clubes deportivos

b) Ayudas para la construcción, remodelación y equipamiento de instalaciones deportivas de titularidad municipal o comarcal.

c) Ayudas para clubes deportivos aragoneses.

d) Ayudas para Deportistas Aragoneses de Alto Rendimiento y sus entrenadores.

e) Ayudas para los programas de promoción de la actividad física y el deporte escolar.

f) Ayudas para Federaciones Deportivas Aragonesas.

Las ayudas especificadas a continuación, podrán ser objeto de concesión sin necesidad de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación.

a) Ayudas para Federaciones Deportivas Aragonesas.

b) Ayudas para financiar la participación en los programas de esquí escolar y de actividades deportivas en el medio natural.

c) Ayudas para los programas de promoción de la actividad física y el deporte de las Universidades aragonesas.

Requisitos:

No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

En ningún caso podrá concederse la ayuda para un mismo destino y finalidad que en el ejercicio anterior sin acreditar el seguimiento y correcta ejecución y justificación de la subvención concedida en ejercicios anteriores aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.

Cuando los beneficiarios de las subvenciones sean Administraciones Públicas, deberán tener aprobado un Plan de Racionalización de gasto corriente. En fase de justificación de la subvención, se verificará que el Plan de Racionalización del gasto corriente aprobado por la Administración Pública beneficiaria se está ejecutando en los términos previstos en el mismo.

Documentos asociados

Boletín: 09/05/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 89
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/03/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 54
Documento: Modificación Descargar Documento