Modificación de las Subvenciones publicas dirigidas al establecimiento de la organizacion preventiva de personas emprendedoras en Castilla y Leon.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S46228/13

Norma:

ORDEN EYE/1047/2013, de 17 de diciembre. ORDEN EYE/1073/2013, de 26 de diciembre. ORDEN EYE/1108/2014, de 17 de diciembre. ORDEN EYE/1140/2014, de 22 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 1 de septiembre de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2015, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones públicas dirigidas a financiar el coste del establecimiento de la organización preventiva a través de un servicio de prevención, por parte de las personas emprendedoras en Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas privadas y con ánimo de lucro cuya fecha de de declaración censal no sea anterior en más de dos años respecto a la fecha de publicación en el «B.O.C. y L.» de esta convocatoria, y que además cumpla con los requisitos y las obligaciones previstas en la base 2.ª de la Orden de bases.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes derivados del concierto con un servicio de prevención ajeno o de la adhesión a un servicio de prevención mancomunado, comprendidos entre el día 1 de septiembre de 2014 y el día 31 de agosto de 2015, ambos inclusive.

Requisitos:

a) Que tenga la condición de persona emprendedora de acuerdo con la definición que se recoge en el artículo 2 de la Ley 5/2013, de 19 de junio, de Estímulo a la Creación de Empresas en Castilla y León: personas que se encuentran realizando o vayan a realizar los trámites necesarios para poder realizar una actividad económica a través de cualquier forma admitida en derecho o aquellos que hayan iniciado su actividad en los dos años siguientes a la fecha de declaración censal de alta en el censo de empresarios.

Conforme a esta definición y a los efectos de la presente línea de subvenciones, para poder ser beneficiario la declaración censal no podrá ser anterior a dos años respecto de la fecha de publicación de la correspondiente Orden de convocatoria.

b) Que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en Castilla y León, para lo cual se requiere que tengan centro de trabajo en la región.

c) Deberán acreditar el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social previamente a la propuesta de resolución y antes de producirse la propuesta de pago, de conformidad con el Decreto 27/2008, de 3 de abril.

d) No deben encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, deberán acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o la no sujeción a la misma o en su caso la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.

f) Que el número de trabajadores (en caso de tener) sea inferior a 50 en todo el territorio nacional (tomando como referencia el mes natural inmediatamente anterior a la fecha de registro de la solicitud de subvención). Si cuentan con más de un centro de trabajo, esta cifra habrá de entenderse referida a la suma de trabajadores existentes en todos los centros de trabajo. Además, en su caso, su volumen de negocios anual o su balance general anual no debe superar los 10 millones de euros.

Documentos asociados

Boletín: 24/12/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 246
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/12/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 249
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 23/12/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 246
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 31/12/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 251
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento