Modificación de la ayuda - Ayudas y gestion de la linea instrumental de actuacion de proyectos de I+D+i, en el marco del Plan Nacional de Investigacion Cientifica, Desarrollo e Innovacion Tecnologica, 2008-2011 - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S16191/08

Norma:

ORDEN PRE/621/2008, de 7 de marzo. ORDEN ITC/958/2008, de 2 de abril. Resolucion de 27 de febrero de 2009. Orden PRE/565/2014, de 10 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Régimen de ayudas y de la gestión de la Línea Instrumental de Proyectos de I + D+ i, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Centro público de I + D+ i: Las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, los centros de I + D+ i con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, y los centros de I + D+ i vinculados o dependientes de administraciones públicas territoriales, independientemente de su personalidad jurídica, así como las entidades públicas con capacidad y actividad demostrada en acciones de I + D+ i, incluidos los centros tecnológicos cuya propiedad y gestión sean mayoritariamente de las Administraciones Públicas.

b) Centros privados de investigación y desarrollo universitarios: universidades privadas, sus departamentos, o centros universitarios privados de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

c) Otros centros privados de investigación y desarrollo (I + D) sin ánimo de lucro: toda entidad privada con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostradas en proyectos
o actuaciones de investigación científica y desarrollo tecnológico, o que realicen actuaciones previstas en el párrafo e) del apartado cuarto de la presente orden. Entre estas entidades no se consideran incluidos los centros tecnológicos según se definen en el párrafo siguiente, ni los centros privados universitarios del párrafo anterior.

d) Centros Tecnológicos: persona jurídica, legalmente constituida sin fines lucrativos, que estatutariamente tenga por objeto contribuir a la mejora de la competitividad de las empresas, mediante el fomento de la
investigación aplicada, el desarrollo experimental y la innovación, y que esté inscrita como Centro de Innovación y Tecnología (CIT) en el registro regulado por el Real Decreto 2609/1996, de 20 de diciembre, cuya propiedad u órgano de gobierno sea mayoritariamente asociaciones empresariales o empresas, del mismo ámbito de actividad que el Centro y que no pertenezcan a un mismo grupo empresarial, en cuyo caso se considerarán comprendidos en el párrafo a) o c).

e) Otras entidades privadas sin ánimo de lucro: fundaciones, asociaciones u otras entidades no lucrativas que realicen habitualmente actividades relacionadas con el fomento, la gestión y la intermediación en el
campo de la ciencia, la tecnología, la investigación y la innovación.

f) Empresa: entidad, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de presentación de la solicitud de ayuda. A los efectos de la
presente orden, se integran en particular en el concepto de empresa las sociedades mercantiles públicas y privadas, las entidades públicas empresariales y los empresarios individuales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas previstas en esta orden se destinarán a cubrir los gastos directamente relacionados con el desarrollo del proyecto o actuación para el que se hayan concedido. La intensidad de ayuda se calculará de acuerdo con los costes del proyecto, siempre que puedan considerarse subvencionables. Todos los costes subvencionables deberán asignarse a una categoría específica de I + D+ i.1. En el caso del Programa Nacional de proyectos de investigación fundamental:

-Las ayudas destinadas a los «Organismos de investigación» podrán financiar hasta el 100 por ciento de los costes marginales de la actuación. Se considerarán costes marginales aquellos que se originen exclusivamente por el desarrollo de las actividades correspondientes a la realización del proyecto o de la acción complementaria. En el caso de centros tecnológicos, centros privados de I + D universitarios, y otros centros privados de I + D sin ánimo de lucro que dispongan de contabilidad analítica, la solicitud de financiación podrá realizarse a costes totales y la cantidad máxima financiable será determinada en la correspondiente convocatoria. Las ayudas destinadas a las entidades que no puedan considerarse
«Organismos de investigación» se realizarán en la modalidad de costes totales.
1 Modalidad de costes marginales
2 Modalidad de costes totales

-En el caso del Programa Nacional de proyectos de investigación aplicada, del Programa Nacional de proyectos de desarrollo experimental y del Programa Nacional de proyectos de innovación. En el presupuesto presentado por el beneficiario, los Programas Nacionales de proyectos de investigación fundamental, de investigación aplicada, de desarrollo experimental y de innovación.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 59
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/04/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 79
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/04/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 88
Documento: Modificación Descargar Documento