Modificación de la ayuda - Ayudas para las actividades forestales promovidas por agentes y asociaciones privados en el periodo 2007-2013.

Código de ayuda:

S54391/07

Norma:

ORDEN FORAL 319/2007, de 12 de junio. ORDEN FORAL 311/2008, de 17 de junio. ORDEN FORAL 119/2012, de 13 de marzo. ORDEN FORAL 283/2013, de 21 de agosto. ORDEN FORAL 5/2014, de 10 enero.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a agentes y asociaciones privados para la ejecución de actividades forestales
en los montes de Navarra.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Cualquier persona física o jurídica que solicite ayudas para realizar actividades forestales en terrenos situados en la Comunidad Foral de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidades subvencionables.

−Modalidad A: Subvenciones destinadas a la gestión sostenible del monte:

A.1. Repoblaciones forestales.
A.2. Labores selvícolas (excepto choperas).
A.3. Construcción y mejora de vías forestales.
A.4. Acciones encaminadas a mejorar la capacidad de producción natural de otros bienes materiales del bosque (frutos, hongos, semillas, plantas aromáticas y medicinales ...).

−Modalidad B: Biodiversidad.

Subvenciones a las acciones necesarias para preservar y mejorar la biodiversidad del ecosistema forestal:

1. Acciones de conservación del hábitat forestal para especies catalogadas en peligro de extinción o sensibles a la alteración de su hábitat.

2. Acciones para mejorar capacidad de acogida de especies cinegéticas compatibles con la conservación del hábitat.

3. Acciones de plantación y mantenimiento de setos.

4. Plantaciones en los primeros cinco metros junto al margen fluvial, según lo dispuesto en la modalidad A1.

−Modalidad C: Aspectos paisajísticos y recreativos:

Subvenciones a las acciones necesarias para preservar y mejorar los aspectos paisajísticos y recreativos de los bosques:

1. Plantaciones lineales
2. Acciones necesarias para la regulación del uso forestal-recreativo de los montes.

4.−Modalidad D: Elaboración de documentación técnica y direcciones de obra.

D.1. Elaboración de la documentación técnica.

−La subvención será el 3% del precio de ejecución material de las acciones aceptadas por el Servicio de Conservación de la Biodiversidad, sin que dicha cantidad supere el coste real de la elaboración de la documentación

−La presentación telemática de las solicitudes llevará implícito un aumento del 1% (respecto al 3%) en esta modalidad.

D.2. Dirección de obra.

−Siempre que se exija proyecto, deberá existir, por parte del solicitante, dirección técnica de los trabajos.
−La subvención ascenderá al 4% del precio de ejecución material liquidado de las acciones finalmente aceptadas por el Servicio de Conservación de la Biodiversidad. En ningún caso esta cantidad podrá superar el coste real.
−Para que sea subvencionable, la Dirección de Obra deberá realizarse como se explicita en el artículo 15.

−Modalidad E: Medidas "Red Natura":

−Los propietarios forestales privados que tengan predios en montes propuestos como Lugares de Importancia Comunitaria podrán realizar voluntariamente las medidas "Red Natura" que se incluyen en el Anexo III.
−El presupuesto global de las medidas "Red Natura" será como máximo de 18.000 euros por solicitud..
−La subvención de las medidas "Red Natura" será del 100%, incluidos los mantenimientos de las repoblaciones en expedientes con concesión de estas medidas.

−Modalidad F: Redacción de Planes Técnicos de Gestión

La superficie mínima para acceder a la presente ayuda es de 5 hectáreas arboladas.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 83
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín: 01/08/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 94
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 02/04/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 64
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 24/05/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 98
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 04/09/2013
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 170
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 30/01/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 20
Documento: Modificación Descargar Documento