Modificación de la ayuda - Ayudas destinadas a universidades, centros de investigacion y fundaciones hospitalarias para contratar personal investigador novel.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S29400/13

Norma:

RESOLUCION ECO/1639/2013, de 22 de julio. RESOLUCIÓN ECO/52/2014, de 8 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas a las universidades, los centros de investigación y/o las fundaciones hospitalarias para contratar personal investigador novel y promover la calidad en la investigación, incorporándoles en grupos de investigación que desarrollen un proyecto de investigación y desarrollo vigente y financiado.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la primera anualidad, la retribución bruta anual mínima de las personas contratadas es de 14.400,00 (catorce mil cuatrocientos) euros.

Para la segunda anualidad, la retribución bruta anual mínima será de 15.600,00 (quince mil seiscientos) euros y para la tercera anualidad, la retribución bruta anual mínima será también de 15.600,00 (quince mil seiscientos) euros. No se aceptarán contratos con una retribución inferior a la establecida en esta convocatoria.

La cuantía de la ayuda para la formación será de un máximo de 3.000,00 (tres mil) euros de los que se podrá disponer a partir del sexto mes de la primera anualidad y durante la segunda y la tercera anualidad del programa. En caso de que el coste de la actividad formativa supere el importe de 3.000,00 (tres mil) euros, la entidad beneficiaria y/o el investigador predoctoral podrán cofinanciarla.


Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las universidades del sistema universitario catalán, los centros de investigación y las fundaciones hospitalarias localizados en Cataluña que tengan capacidad de contratación laboral y desarrollen un proyecto de investigación vigente y financiado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de actividades formativas a las personas físicas que disfruten de una ayuda FI-DGR a partir del sexto mes de la vigencia del contrato del primer año y ejecutable hasta el tercer año del programa incluido.

Requisitos:

a) Cumplir uno de los requisitos de acceso al doctorado previstos en el artículo 6 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado y los requisitos establecidos en esta base y que no tengan el título de doctor/a con la precisión siguiente:

- Los estudios de máster o equivalente deberán haber finalizado entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2013.

- En el caso de los estudios de grado de una duración mínima de 300 ECTS las personas solicitantes deberán estar en posesión del título de grado en el momento de presentar la solicitud.

También podrán ser personas solicitantes las personas físicas en posesión del título de Licenciado, Ingeniería o Arquitectura superior que hayan obtenido la suficiencia investigadora (DEA) con posterioridad al 1 de enero de 2011.

b) Estar matriculado/a el curso 2013-2014 de la tutela académica del doctorado en el momento de la aceptación.

c) No estar en posesión del título de doctor/a.

d) La nota media mínima del expediente académico de la persona candidata deberá ser la siguiente:

Para los estudios de primero y segundo ciclo de licenciatura, ingeniería o arquitectura debe ser igual o superior a 1,60 (escala de 0 a 4), calculada de acuerdo con los criterios que se especifican en el apartado V de esta Resolución.

Para los estudios de grado debe ser igual o superior a 1,60 (escala de 0 a 4), calculada de acuerdo con los criterios que se especifican en el apartado V de esta Resolución.

Para la diplomatura, la ingeniería técnica o la arquitectura técnica debe ser igual o superior a 1,60 (escala de 0 a 4), calculada de acuerdo con los criterios especificados en el apartado V de esta Resolución.

e) El proyecto de investigación de las personas candidatas deberá formar parte de un proyecto de investigación competitivo en activo en el momento de presentar la solicitud, o bien de un convenio o contrato de investigación o transferencia de conocimiento con entidades públicas o empresas privadas con un valor mínimo de 24.000,00 (veinticuatro mil) euros, en el momento de presentar la solicitud. No se considerarán proyectos de investigación competitivos, convenios o contratos de investigación las ayudas de apoyo a los grupos de investigación (SGR) de Cataluña.

Los proyectos concedidos, pero todavía no vigentes, se considerarán, siempre que estén debidamente acreditados.

f) Los programas de doctorado deberán ser de una universidad del sistema universitario catalán.

g) Las personas solicitantes no podrán haber disfrutado de ninguna otra ayuda de naturaleza análoga de una duración superior a 12 meses cuando finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 26/07/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6426
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 20/01/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6543
Documento: Modificación Descargar Documento